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Ordenanzas

2644: Autorización a RESICOM SRL para que continúe con la prestación de servicios…

BOLETÍN OFICIAL Nº 386

ORDENANZA Nº 2644

En la ciudad de San Lorenzo, Departamento del mismo nombre de la Provincia de Santa Fe, a los once días del mes de Enero del año dos mil ocho.-

VISTO: Que el Decreto Nº 036 del 9 de febrero de 2.006 adjudicó a la empresa Resicom Ingeniería Ambiental SRL la contratación del servicio de recolección de residuos sólidos domiciliarios, transporte y disposición del material, y

CONSIDERANDO: Que el contrato tiene una vigencia de dos (2) años a partir de la firma del contrato.-
Que la firma del contrato se realizó el 9 de febrero de 2.006, venciendo en consecuencia el 8 de febrero de 2.008.-
Que si bien el contrato establece la posibilidad de prórroga por otros dos (2) años, esta opción debería haberse comunicado al concesionario en forma fehaciente noventa (90) días antes del vencimiento del contrato, que como dijimos se opera el 8 de febrero de 2008, así lo establece el ANEXO I de la licitación pública 010/05.-
Que la última fecha en la que la Municipalidad podría haber ejercido la opción es con anterioridad al día 10 de noviembre de 2.007;
Que la anterior Administración no ejerció dicha opción y las autoridades entrantes el 10 de diciembre se encontraron ante la imposibilidad temporal de hacerlo.-
Que por otra parte el ANEXO II de la licitación pública 010/05, en la parte pertinente a las Disposiciones Generales (A-19) en el punto a- Continuación del Servicio, otorga al municipio la facultad de solicitar la continuidad de la prestación del servicio en las mismas condiciones de contratación por el término de sesenta (60) días.-
Que el plazo que resta para finalizar el contrato, si se le agregase un período adicional de prestación del servicio por sesenta (60) días una vez vencido -mediante un convenio entre el Municipio y la firma concesionaria que fuere autorizado por el Concejo Municipal -; otorgaría el tiempo necesario para proceder al llamado de una nueva licitación pública según lo establece la Ley Orgánica de Municipios N° 2.756.-
Que por ello y a los efectos de evitar interrupciones en el servicio de recolección de residuos sólidos domiciliarios, transporte y disposición del material, se cree conveniente solo en caso de ser necesario y de no culminarse el proceso licitatorio, autorizar para contratar directamente por el término de sesenta (60) días la prestación del servicio de recolección de residuos sólidos domiciliarios, transporte y disposición del material.-
Que a la brevedad comenzará el proceso licitatorio, debiendo comunicar al Concejo Municipal el contenido propuesto por el Departamento Ejecutivo en cuanto a los pliegos de la licitación y demás condiciones referentes a tal contrato administrativo.-
Que la actual concesionaria ha efectuado con anterioridad a la fecha de asunción de ésta nueva administración reclamos por mayores costos que se encuentran pendientes de resolución.-

POR TANTO
EL CONCEJO MUNICIPAL
DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA

Artículo 1º: AUTORÍZASE a la empresa RESICOM INGENIERIA AMBIENTAL SRL para que continúe con la prestación del servicio de recolección de residuos sólidos domiciliarios, transporte y disposición del material por un término de sesenta (60) días a partir del día siguiente al vencimiento del contrato que se opera el día 8 de febrero de 2.008. Todo ello en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el ANEXO II de la licitación pública 010/05, en la parte pertinente a las Disposiciones Generales (A-19) en el punto a- Continuación del Servicio.-

Artículo 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo la contratación en forma directa por razones de urgencia por sesenta (60) días de los servicios de recolección de residuos sólidos domiciliarios, transporte y disposición del material, si al vencimiento del plazo establecido para la continuidad del servicio en el artículo 1º, no se hubiera culminado con la adjudicación del proceso licitatorio sobre el servicio de recolección de residuos sólidos domiciliarios, transporte y disposición del material. La contratación directa a la que se refiere el presente artículo, se hará teniendo en cuenta los mayores costos, no podrá superar los PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 250.000.-).-

Artículo 3º: Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y dése al Registro Municipal.-

Sala de Sesiones, 11 de enero de 2008.-

Prof. Claudia G. Moyano
Presidenta
Concejo Municipal

Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal

María Angélica Meroi
Secretaria Administrativa
Concejo Municipal

Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número DOS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO (2644).

San Lorenzo, 15 de Enero de 2008.

Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal

Dr. Gerardo Damián Canseco
Secretario de Gobierno y Cultura