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Ordenanzas

2651: Sustitución del artículo 1º de la Ordenanza Nº 2.643/08

BOLETÍN OFICIAL Nº 388

ORDENANZA Nº 2651

En la Ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre de la Provincia de Santa Fe, a los treinta días del mes de enero del año dos mil ocho.-

VISTO: Las notas presentadas por la Cámara de Comercio, Industria y Servicios de San Lorenzo acerca de la fecha de entrada en vigencia del nuevo importe de la tasa de vehículos pesados, según lo dispuesto en la Ordenanza Nº 2.643/08 y la Nro. 010/08 del Departamento Ejecutivo Municipal; y

CONSIDERANDO: Que la ordenanza fue aprobada por el Concejo Municipal el 28 de diciembre de 2007, y promulgada por el Departamento Ejecutivo el 3 de enero de 2008.-
Que la ordenanza Nº 2.643/08 establece que elevarán los importes a partir del 1º de febrero de 2008.-
Que es conveniente antes de cobrar la mencionada tasa que el servicio comprometido este en vías de finalización de obra, por diversas razones el trabajo de mejoramiento de las calles Días Vélez y Bv. Mitre no se han terminado aún.
Que la Cámara de Comercio, Industria y Servicios solicita una prórroga, para el pago de la tasa a los nuevos valores hasta el 1º de marzo del 2008.
Que el Departamento Ejecutivo Municipal manifiesta en nota Nº 010/08 lo siguiente: “Que cuestiones de gestión administrativa en la instrumentación del contrato con la empresa a cargo de los trabajos públicos referidos a los accesos para tránsito pesado en el área Norte de la ciudad cuya contratación directa fue autorizada por el artículo 6º de la Ordenanza Nº 2.643; así como inconvenientes técnicos surgidos en la ejecución de los propios trabajos en las calles involucradas, y así mismo aspectos logísticos asociados a la implementación del nuevo sistema en que las empresas receptoras o dadoras de cargas se convierten en agentes de percepción del tributo en cuestión; aconsejan a nuestro juicio la postergación de la puesta en operación de lo establecido por el artículo 1º de la Ordenanza Nº 2.643, hasta el 1º de Marzo próximo”.-

POR TANTO
EL CONCEJO MUNICIPAL
DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA

Artículo 1º.- SUSTITÚYASE el artículo 1º de la Ordenanza Nº 2.643/08, modificándose su texto, quedando redactado de la siguiente manera: “Elévase el importe establecido por el artículo 1º de la Ordenanza Nº 2.520/05 a pesos seis ($ 6.-), a partir del 1º de Marzo de 2008”.-

Artículo 2º.- Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y dése al Registro Municipal.-

SALA DE SESIONES, 30 de enero de 2008.-

Prof. Claudia G. Moyano
Presidenta
Concejo Municipal

Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal

María Angélica Meroi
Secretaria Administrativa
Concejo Municipal

Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número DOS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y UNO (2651).

San Lorenzo, 31 de Enero de 2008.

Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal

Dr. Gerardo Damián Canseco
Secretario de Gobierno y Cultura