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Ordenanzas

ORDENANZA Nº 3335 – Apruébase en todos sus términos y condiciones la Modificación del Convenio celebrado entre la Municipalidad de San Lorenzo y REFINOR S.A.

En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los veinte días del mes de mayo del año dos mil catorce.

VISTO: El Mensaje Nº 20/14 del Departamento Ejecutivo Municipal, Expte. 23624 C.M. y la Ordenanza Nº 2.172, que aprobó el Convenio celebrado entre la Municipalidad de San Lorenzo y la firma REFINERÍA DEL NORTE S.A. o REFINOR S.A. en fecha 3 de diciembre de 1998; y

CONSIDERANDO: Que en la cláusula PRIMERA de dicho Convenio se prevé la posibilidad de revisar la suma que dicha empresa debe pagar mensualmente.

Que atento al tiempo transcurrido y las modificaciones de las condiciones económicas del país el monto pactado evidentemente debía ser objeto de revisión.

Que conforme a lo expuesto en fecha 20 de mayo de 2014 ambas partes arribaron a un acuerdo modificatorio de la suma a pagar mensualmente por la citada empresa.

Que en base a lo analizado dicho acuerdo modificatorio es conveniente a los intereses de la Municipalidad de San Lorenzo.

Que la Municipalidad de San Lorenzo conserva plenamente su capacidad en materia de revisión del monto acordado, facultad que podrá ejercer en lo ulterior cuando así lo considere oportuno.

Que se ha priorizado la tutela del interés general de la población, sin asumirse ningún tipo de renuncia o condicionamiento en materia tributaria salvaguardando en su totalidad las facultades de la Municipalidad de San Lorenzo.

Que la presente se sanciona cumplimentando las disposiciones de la Ley Nº 2756 Orgánica de Municipalidades.-

POR TANTO

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA Nº 3335.-

Art. 1º.- Apruébase en todos sus términos y condiciones la Modificación del Convenio celebrado entre la Municipalidad de San Lorenzo y REFINOR S.A. en fecha 3 de diciembre de 1998 y aprobado por Ordenanza Nº 2.172, suscripta por dichas partes en fecha 20 de mayo de 2014 y que se adjunta como anexo formando parte integrante de la presente.-

Art. 2º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y dese al Registro Municipal.-

SALA DE SESIONES, 20 de mayo de 2014.-

Prof. SILVIA B. ALVAREZ
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal
JULIO CESAR CAMUSSO
Secretario Administrativo
Concejo Municipal
Dr. GUSTAVO R. OGGERO
Presidente
Concejo Municipal
D. IVAN LUDUEÑA
Secretario de Gobierno y Cultura
Municipalidad de San Lorenzo
DR. LEONARDO RAIMUNDO
Intendente Municipal
Ciudad de San Lorenzo