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Ordenanzas

Ordenanza Nº 3415 – Aumento de tarifa de taxi

En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los siete días del mes de abril  del año dos mil quince.

VISTO: La nota presentada por la Asociación de Propietarios y Choferes de Taxis de la Ciudad de San Lorenzo, Expte. Nº 24040 C.M., referente a la solicitud de aumento de tarifa; y

CONSIDERANDO: Que en la misma solicitan el aumento de la tarifa debido a los incrementos de costos registrados en los diferentes rubros que inciden en la actividad.

Que es de público  conocimiento el contexto real inflacionario en que nos encontramos inmersos.

Que la tarifa actual del servicio no permite cubrir los costos propios de la actividad convirtiéndola en no sustentable en el tiempo.

Que es preocupación de este Cuerpo garantizar la prestación de este servicio de transporte público de pasajeros para los vecinos de la ciudad.

Que corresponde determinar nuevas tarifas que se adecuen a la realidad actual teniendo en cuenta los índices de precios disponibles y además la perspectiva económica de los usuarios.

Que se ha mantenido reunión con los actores involucrados lográndose consenso en este sentido.

Que es facultad de este Concejo realizar tal redeterminación tarifaria.-

 

POR  TANTO

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO SANCIONA LA

SIGUIENTE  ORDENANZA Nº  3415.-

Art. 1º.-  Fíjase el cuadro tarifario del Servicio Público de Taxis según el siguiente detalle:

Tarifa Normal: De lunes a viernes de 5 hs. a 22 hs., y desde las 6 horas hasta las 22 horas del día sábado, excepto días feriados: PESOS QUINCE ($ 15.-) la bajada de bandera; SETENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 0,75) la ficha por cada noventa (90) metros recorridos y/o cuarenta y cinco (45) segundos de espera.-

Art. 2º.-Fíjase la siguiente Tarifa Diferencial: De lunes a jueves de 22 hs. a 5 hs. del día siguiente y desde las 22 horas del día viernes hasta las 6 horas del día sábado, desde las 22 horas del día sábado hasta las 5 horas del día lunes, y feriados de 0 a 24 horas: PESOS DIECISÉIS CON OCHENTA CENTAVOS  ($ 16,80.-) la bajada de bandera; OCHENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 0,85) la ficha por cada noventa (90) metros recorridos y/o cuarenta y cinco (45) segundos de espera.-

Art. 3º.- El  cuadro tarifario vigente deberá encontrarse visible para el pasajero en un cartel tamaño “A 4” a colocarse en la parte posterior del asiento delantero derecho donde conste además la obligatoriedad de emisión del ticket reglamentario tras cada viaje, modelo según Anexo.-

Art. 4º.-  Cúmplase, comuníquese, publíquese en el Boletín oficial y dese al Registro Municipal.-

SALA DE SESIONES, 7 de abril de 2015.-

 

ANEXO

CUADRO TARIFARIO

Tarifa Normal: De lunes a viernes de 5 hs. a 22 hs. y desde las 6 horas hasta las 22 horas del día sábado, excepto días feriados:

Bajada de Bandera…………………..… $ 15,00.-

Ficha………………………………………..$    0.75.-

Espera c/ 45 segundos………………..$    0.75.-

Tarifa Diferencial: De lunes a jueves de 22 hs. a 5 hs. del día siguiente y desde las 22 horas del día viernes hasta las 6 horas del día sábado, desde las 22 horas del día sábado hasta las 5 horas del día lunes, y feriados de 0 a 24 horas:

Bajada de Bandera………………….… $ 16,80.-

Ficha……………………………………….$    0,85.-

Espera c/45 segundos………………..$    0,85.-

ES OBLIGATORIA LA EMISIÓN DEL TICKET REGLAMENTARIO TRAS CADA VIAJE.-