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Ordenanzas

Ordenanza Nº 3424 – Ordenamiento territorial

En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los doce días del mes de mayo del año dos mil quince.-

VISTO: La necesidad de contar con una Asistencia Técnica a la Planificación Urbana y Territorial, con normas de uniformidad  Metropolitanas y Provincial, y

CONSIDERANDO: Que existe  necesidad de planificar la ocupación del territorio, para alcanzar la regulación y protección, intervenciones de reconversión y renovación urbana, mediante la utilización de instrumentos normativos específicos, que posibiliten actualizar la Ordenanza Nº 1.178, denominada “Reglamento de Uso del Suelo e Intensidad de Ocupación del Municipio de San Lorenzo”, hasta tanto el Concejo Municipal sancione un “Código Urbano Integral”.

Que el Decreto Provincial N° 07317/67 establece: la Regulación de los Proyectos de Planes Estructurales de Desarrollo Urbano (Planes Reguladores), a llevar adelante por Municipios y Comunas dentro de las potestades que le confieren sus respectivas autonomías, aunque con arreglo a las normas emitidas por el Poder Ejecutivo Provincial.

Que la Ley Nº 11717 en su artículo 2 (inciso a) establece como Principio General: El ordenamiento territorial y la planificación de los procesos de urbanización e industrialización, desconcentración económica y poblamiento, en función del desarrollo sustentable del ambiente.

Que el Decreto N° 0101/03 reglamentario de la Ley Nº 11717, define al Ordenamiento Territorial como una herramienta de planificación para la toma de decisiones sobre la localización de actividades en el espacio geográfico o ámbito físico de un territorio.

Que el Decreto Provincial N° 0638,  artículo 3, establece que el Comité Interministerial de Ordenamiento Territorial tendrá como funciones la coordinación de acciones entre los diferentes estamentos del Estado Provincial y con los Municipios y Comunas resultantes de la vinculación con el territorio y sus procesos de ordenamiento.

Que resulta oportuno y necesario profundizar criterios de abordaje integrado en la Planificación Estratégica y para ello el Ordenamiento Territorial constituye una herramienta conceptual y metodológica adecuada.

Que la Municipalidad de San Lorenzo ha conseguido introducir cambios significativos en el perfil urbano de la ciudad, en el marco de una programación que contempla resultados a corto, mediano y largo plazo.

Que ha puesto en marcha del Plan Estratégico San Lorenzo, que requiere para su consolidación una planificación urbana preventiva y organizada de la ciudad que deseamos, con la sistematización de un proceso de ordenamiento en el marco de la planificación estratégica que  contribuye a conducir la relación entre el sector público y el privado, actores importantes de la ciudad,  hacia un espacio más armónico que fortalece el desarrollo en la dirección colectivamente asumida; para una mayor calidad de vida.-

POR TANTO

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO SANCIONA LA

SIGUIENTE   ORDENANZA Nº 3424.

Art. 1º.- AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a Celebrar Convenios Específicos de Asistencia Técnica a la Planificación Urbana y Territorial, con el Gobierno de la Provincia de Santa Fe,  y con el ECOM para la elaboración de Planificación Urbana y Territorial y para la Articulación de Políticas de Hábitat y Vivienda.-

Art. 2º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y dése al Registro Municipal.-

SALA DE SESIONES, 12 de mayo de 2015.-