Skip to main content
Ordenanzas

2630: Contratar con urgencia la provisión de diversos bienes y servicios

VISTO: Ante la necesidad de contratar con urgencia la provisión de diversos bienes y servicios para la atención de prestaciones básicas del Municipio durante la temporada estival, las que se encuentran actualmente en estado crítico, se requiere a la Corporación autorización para proceder sin lo requerido por el artículo 68º de la Ordenanza Nº 946, debido a que se supera en ciertos rubros el nivel máximo para contratación directa…

BOLETÍN OFICIAL Nº 383

ORDENANZA Nº 2630

En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre provincia de Santa Fe, a los once días del mes de diciembre de año dos mil siete.

VISTO: Ante la necesidad de contratar con urgencia la provisión de diversos bienes y servicios para la atención de prestaciones básicas del Municipio durante la temporada estival, las que se encuentran actualmente en estado crítico, se requiere a la Corporación autorización para proceder sin lo requerido por el artículo 68º de la Ordenanza Nº 946, debido a que se supera en ciertos rubros el nivel máximo para contratación directa.
Comienza un enérgico proceso de normalización en la atención de los servicios de mantenimiento de espacios verdes, de limpieza de calles y zanjas, desmalezamiento y su recolección, y mantenimiento del alumbrado público, además del reaprovisionamiento de la totalidad de las diversas áreas funcionales.
Se informa además que otros bienes necesarios, tales como pinturas, elementos de ferretería, cepillos manuales, palas, carretillas, guantes, mangueras, y otros diversos; se requieren por montos que no superan los requerimientos normativos para contratación directa, o serán oportunamente contratados con el procedimiento establecido por el artículo 68º de la Ordenanza Nº 946/83, por no existir tan grande imperativo de tiempo.
En la espera de que ese Honorable Cuerpo comprenda que se intenta por medio de un procedimiento ágil y expeditivo, y en plena temporada estival, atender la actual situación de grave insuficiencia en los servicios básicos del Municipio, se solicita tratamiento y sanción del presente Proyecto.
Por otra parte, téngase en cuenta que este cuerpo ha dispuesto el dictado de una ordenanza declarando la emergencia en varios aspectos de la administración municipal, entre ellos la prestación de los servicios públicos. En este rubro se ubica el presente pedido al Concejo; ante el estado terminal y caótico de los servicios públicos de la Municipalidad de San Lorenzo, nos vemos en la obligación de extremar todos los recaudos necesarios para la correcta prestación de los servicios públicos y ese fin puede diluirse – perjudicando el bien común y la satisfacción de las necesidades públicas – de seguirse los procedimientos establecidos en la ordenanza 946/83.
Demás está decir que este pedido es de excepción y perdurará mientras subsista la emergencia que el cuerpo ha declarado.

POR TANTO
EL CONCEJO MUNICIPAL
DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA

Artículo 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo la contratación en forma directa por razones de urgencia de los bienes y servicios que se indican a continuación:
-Desbrozadoras (8000 horas/desbrozadora) y tractores (850 horas/tractor) con equipamiento para desmalezamiento, con sus respectivos operarios, por noventa días, a partir de la fecha y hasta el 15 de Marzo de 2008, por un monto estimado total de $ 260.000.- ;
-Camiones con chofer, por prestadores individuales, para retiro de productos de desmalezamiento y “bolsas negras”, por un monto mensual de $ 70.000.- ;
-Elementos varios de electricidad y luminarias (Diciembre 2007 hasta Marzo 2008 inclusive), por un monto total de $ 45.000.- .

Artículo 2º -.Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, y dese al Registro Municipal.

SALA DE SESIONES, diciembre 11 de 2007

Prof. Claudia G. Moyano
Presidenta
Concejo Municipal

Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal

María Angélica Meroi
Secretaria Administrativa
Concejo Municipal

Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número DOS MIL SEISCIENTOS TREINTA (2630).

San Lorenzo, 12 de Diciembre de 2007.

Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal

Dr. Gerardo Damián Canseco
Secretario de Gobierno y Cultura