BOLETÍN OFICIAL Nº 385
ORDENANZA Nº 2636
VISTO: El Mensaje Nº 040/07 del Departamento Ejecutivo Municipal, por el cual pone en conocimiento de las circunstancias de desequilibrio económico del municipio que se manifiestan en graves dificultades financieras para atender libramientos asociados a gastos básicos del municipio, y
CONSIDERANDO: Que, ante la necesidad de resolver determinadas situaciones financieras contingentes que son resultado del esencial desequilibrio económico del Municipio –es decir, insuficiencia de recursos-, el Departamento Ejecutivo Municipal considera necesario aprovechar las posibilidades de giro en descubierto que puedan proveer las entidades del sistema financiero con las que opera la administración local. Se trata de un mecanismo al que se espera recurrir excepcionalmente, especialmente en momentos en que resulten insuficientes los saldos disponibles para el pago de obligaciones salariales o la atención de obligaciones impostergables asociadas a los servicios públicos básicos.
Que, más allá de esta necesidad de aplicar medios excepcionales en ciertas circunstancias muy especiales, se encuentra avanzado un mensaje al Concejo Municipal, modificando rubros fundamentales de la Ordenanza Impositiva vigente, de lo que tomará conocimiento la Corporación en fecha próxima. Debe aclararse que el procedimiento de giro en descubierto con carácter exceptivo, fue reiteradamente usado por las últimas administraciones de esta Municipalidad de San Lorenzo.
Que, además, para poder enfrentar la grave situación económico financiera heredada, se solicitará al Poder Ejecutivo de la Provincia de Santa Fe en los próximos días un anticipo de fondos de impuestos coparticipables, a ser descontado durante el ejercicio 2008.
Que, se intenta por medio de este procedimiento ágil y eficaz cubrir necesidades financieras para gastos impostergables.-
POR TANTO
EL CONCEJO MUNICIPAL
DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
Art.1º.- AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a utilizar con carácter exceptivo y cuando las circunstancias aconsejen su aplicación para la atención de obligaciones salariales o pagos referidos a servicios básicos u otros gastos municipales impostergables, el sobregiro en descubierto en las cuentas corrientes del Municipio en las entidades del sistema financiero.-
Art. 2º.- El Departamento Ejecutivo Municipal deberá enviar al Concejo Municipal la rendición mensual de los giros en descubiertos efectuados o concretados en el mes anterior, acompañados de la correspondiente documentación.-
Art. 3º.- Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y dése al Registro Municipal.-
SALA DE SESIONES, Diciembre 18 de 2007.-
Prof. Claudia G. Moyano
Presidenta
Concejo Municipal
Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal
María Angélica Meroi
Secretaria Administrativa
Concejo Municipal
Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número DOS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS (2636).
San Lorenzo, 20 de Diciembre de 2007.
Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal
Dr. Gerardo Damián Canseco
Secretario de Gobierno y Cultura