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Ordenanzas

2637: Declaración de la EMERGENCIA SANITARIA en todo el ámbito de la Ciudad.

BOLETÍN OFICIAL Nº 385

ORDENANZA Nº 2637

En la Ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre Provincia de Santa Fe, a los once días del mes de Diciembre del año dos mil siete.-

VISTO: El estado en que se encuentra la ciudad de San Lorenzo, por la proliferación de micro-basurales en todo su ejido, debido a la falta de recolección de malezas y otros residuos, y

CONSIDERANDO: Que la acumulación y falta de recolección de residuos afecta sensiblemente a toda la población, pudiendo comprometer seriamente la salud de la misma, por lo cual se torna imperiosa la necesidad de adoptar medidas urgentes a los fines de retirar los residuos depositados en la vía pública.-
Que la Ley atribuye de manera insoslayable a la corporación municipal ejercer la policía higiénica y sanitaria a los fines de evitar riesgos en la salud de los ciudadanos.
Que ante la gravedad de la situación planteada se debe declarar la “Emergencia Sanitaria Municipal” y convocar a todos los funcionario municipales, para que presten la asistencia necesaria en personal y equipamiento para hacer a la Emergencia.-

POR TANTO
EL CONCEJO MUNICIPAL
DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA

Art. 1º.- Declárese la EMERGENCIA SANITARIA en todo el ámbito de la Ciudad de San Lorenzo.-

Art. 2º.- Autorizase a la Municipalidad de San Lorenzo, a través de la Secretaria de Servicios y Obras Públicas, Defensa Civil y la Dirección de Medio Ambiente a establecer las medidas a implementar, evaluación de los recursos humanos y materiales necesarios para la Emergencia Sanitaria.-

Art. 3º.- Se considera oportuno utilizar las capacidades humanas y materiales disponibles en la Planta de Personal y el Parque de equipos y máquinas de la Municipalidad a los fines de disminuir en lo posible la duración de la Emergencia Sanitaria.-

Art. 4º.- Convocar a Empresas e Instituciones de la ciudad que puedan disponer de elementos para sumarlos a revertir la Emergencia Sanitaria en el menor tiempo posible.-

Art. 5º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y dése al Registro Municipal.-

SALA DE SESIONES, 11 de diciembre de 2007.-

Prof. Claudia G. Moyano
Presidenta
Concejo Municipal

Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal

María Angélica Meroi
Secretaria Administrativa
Concejo Municipal

Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número DOS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE (2637).

San Lorenzo, 20 de Diciembre de 2007.

Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal

Dr. Gerardo Damián Canseco
Secretario de Gobierno y Cultura