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Ordenanzas

2642: Necesidad de contar con un mecanismo eficaz de comunicación entre las áreas municipales.

BOLETÍN OFICIAL Nº 386

ORDENANZA Nº 2642

En la Ciudad de San Lorenzo, Departamento del mismo nombre de la Provincia de Santa Fe, a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil siete.-

VISTO: La necesidad de contar con un mecanismo eficaz de comunicación entre las distintas áreas del Departamento Ejecutivo; y

CONSIDERANDO: Que antes del 10 de diciembre de 2.007 se contaba con un mecanismo de telefonía celular provisto por la empresa Nextel Comunications Argentina S.A..-
Que dicho sistema incluía la contratación de 71 (setenta y una) líneas telefónicas.-
Que según las últimas dos (2) facturas imputadas el gasto mensual del municipio ascendió a $ 8.971,40 (fecha 7/12/07) y a $ 10.926,89 (fecha 9/10/07), ello arroja un promedio de gasto mensual de las últimas 2 facturas de $ 9.949.-
Que ante lo elevado de los montos específicos, el día 10 de diciembre de 2.007 se decidió la suspensión del servicio contratado con Nextel y aunque esta suspensión significa un ahorro para la administración municipal, a su vez ocasiona la incomunicación sistemática de diversas áreas funcionales con las complicaciones que esto implica.-
Que es posible la contratación de un sistema de iguales características, con la misma eficacia que el anterior a un precio global total máximo de $ 3.500.- mensuales.-
Que no puede dejarse de percibir que el monto de la contratación supera el establecido para una contratación directa por parte del Municipio y ello obliga a solicitar una autorización especial por razones de urgencia del Concejo Municipal, según la normativa vigente;

POR TANTO
EL CONCEJO MUNICIPAL
DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA

Artículo 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal para que realice una contratación directa para la provisión de SETENTA Y DOS (72) líneas de telefonía móvil.-

Artículo 2º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal para que realice la contratación por el término de UN (1) año y con un límite mensual máximo a gastar por todo concepto PESOS TRES MIL QUINIENTOS ($ 3.500.-).-

Artículo 3º.- Comuníquese, Publíquese y dése al Registro Municipal.-

SALA DE SESIONES, 28 de Diciembre de 2007.-

Prof. Claudia G. Moyano
Presidenta
Concejo Municipal

Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal

María Angélica Meroi
Secretaria Administrativa
Concejo Municipal

Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número DOS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS (2642).

San Lorenzo, 03 de Enero de 2008.

Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal

Dr. Gerardo Damián Canseco
Secretario de Gobierno y Cultura