ORDENANZA Nº 2647
En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre de la Provincia de Santa Fe, a los dieciocho días del mes de enero del ano dos mil ocho.-
VISTO: El mensaje Nro.05/08 del Departamento Ejecutivo Municipal que pone de manifiesto: Que ha resultado necesario a la administración a cargo desde el 10 de Diciembre pasado proceder a la reasignación de los recursos humanos del Municipio, tanto de personal permanente como temporario incluido en el Presupuesto vigente, por razones de mejor proveer en cuanto al conjunto de los servicios públicos locales y la administración de los mismos, asignándolo a áreas funcionales distintas a las previstas en la norma presupuestaria original, la que como se sabe correspondía al ejercicio 2006 y ha sido prorrogada y sufrido diversas modificaciones; lo que se ha realizado respetando los agrupamientos previstos por la norma estatutaria del personal municipal; y
CONSIDERANDO: Que aún cuando la situación indicada en el VISTO no implica aumento de las erogaciones específicas y forma parte de las atribuciones que el artículo 41º inc. 2 de la Ley Nº 2756 otorga al Departamento Ejecutivo en cuanto a “Dictar los reglamentos necesarios para el régimen de las oficinas”, resulta adecuado en cuanto a criterios de transparencia y armonía entre los dos órganos de gobierno que rigen el gobierno municipal, que el Concejo Municipal tome conocimiento de la situación señalada.-
POR TANTO
EL CONCEJO MUNICIPAL
DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar las modificaciones presupuestarias necesarias para la reasignación de los recursos humanos del Municipio entre las diversas áreas funcionales dependientes de la Intendencia, tanto de personal permanente y no permanente y, en un todo de acuerdo al Capítulo IV art. 41º inc. 8 y 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756.-
Artículo 2º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a reasignar funciones y dependencias jerárquicas, en las diversas áreas funcionales dependientes de la Intendencia, tanto de personal permanente y no permanente, en un todo de acuerdo con el Capítulo IV art. 41º inc. 8 y 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756.-
Artículo 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y dése al Registro Municipal.-
SALA DE SESIONES, 18 de enero de 2008.-
Prof. Claudia G. Moyano
Presidenta
Concejo Municipal
Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal
María Angélica Meroi
Secretaria Administrativa
Concejo Municipal
Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número DOS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y SIETE (2647).
San Lorenzo, 23 de Enero de 2008.
Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal
Dr. Gerardo Damián Canseco
Secretario de Gobierno y Cultura