VISTO: Que el Concejo Municipal, autorizó al Departamento Ejecutivo la contratación en forma directa por razones de urgencia de los servicios de regularización de las calles Genaro Roldán, Díaz Vélez y Mitre, en los siguientes términos:
a. Limpieza y reconstrucción de cunetas, destape y reparación de alcantarillas y retiro del producido y basura existente hasta cava autorizada.
b. Regularización calle en un ancho de siete (7 mt.) metros más uno con cincuenta (1,50) metros de banquina en ambos lados (aproximadamente 18.000 m2).
c. Suministro de aproximadamente quinientas (500) toneladas de suelo- escoria (70% escoria de distintas granulometrias – 30% suelo seleccionado) y transporte de la mezcla a la zona de reparación.
d. Regularización calzada, con aporte de mezcla anterior, perfilado y compactación mecánica.
e. Pavimentación badén calle Mitre esquina Gral. López en una superficie aproximada de noventa (90 m2) metros cuadrados para tráfico pesado.
Que la empresa SORJA S.A., manifiesta que los trabajos especificados en el inc. e) no pudieron ser realizados por ser imposible la obra dentro de los parámetros del contrato celebrado.
Que la Secretaría de Obras y Servicios Públicos certificó la imposibilidad de realización de los trabajos realizados en el punto e) del contrato por problemas de la empresa en el sondeo de la profundidad de ductos subterráneos.-
Que la empresa pretende cobrar los trabajos realizados efectivamente descontando del monto contractualmente pactados lo correspondiente a el punto e) detallado anteriormente.-
Que los trabajos no realizados son perfectamente cuantificables y pueden ser separados del costo total de la obra, ascendiendo a la suma de pesos dieciséis mil novecientos cincuenta ($ 16.950.-) más IVA, cifra ésta destinada originalmente a la pavimentación badén calle Mitre esquina Gral. López en una superficie aproximada de noventa (90 m2) metros cuadrados.-
Que al estar el Departamento Ejecutivo actuando en virtud de una autorización del Concejo Municipal para una contratación específica e integral, cualquier modificación que se imponga al contrato debe ser autorizada por el mismo Concejo.-
Que esa autorización debe comprender una modificación contractual del objeto del convenio oportunamente firmado como también la permisión al Departamento Ejecutivo para efectuar un pago menor al contratado.-
POR TANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO SANCIONA
LA SIGUIENTE ORDENANZA .
Art.1º.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal, una vez que la Secretaría de Obras y Servicios Públicos realice la certificación correspondiente y la comunicación a la Secretaría de Hacienda y Finanzas de la Municipalidad, a modificar el objeto del contrato celebrado con la empresa SORJA SA para arreglos viales en el acceso norte destinado al ingreso de vehículos pesados al área de terminales, excluyendo de dicho contrato y eximiendo a la empresa de la realización de la pavimentación badén calle Mitre esquina Gral. López en una superficie aproximada de noventa (90 m2) metros cuadrados.
Art.2.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a modificar el monto a pagar del contrato celebrado con la empresa SORJA SA para arreglos viales en el acceso Norte destinado al ingreso de vehículos pesados al área de terminales, deduciendo del total pactado la suma de pesos dieciséis mil novecientos cincuenta ($ 16.950.-) más IVA, cifra ésta destinada originalmente a la pavimentación badén calle Mitre esquina Gral. López en una superficie aproximada de noventa (90m2) metros cuadrados.
Art.3.- Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y dése al Registro Municipal.
SALA DE SESIONES, marzo 18 de 2008.-