En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los veinte días del mes de mayo del año dos mil ocho.
VISTO: El Mensaje Nº 032/08 del Departamento Ejecutivo Municipal, registro Nº 19565, en relación al pedido los Señores Omar Varayoud, Jorge Molina y la Señora Dima Cruz; y
CONSIDERANDO: Que la nota hace referencia a la apertura de calle Ricchieri entre Ombú y Luis Braille.
Que los terrenos ubicados en la manzana 148 de la sección quinta con frente al Sud, figuran sobre la prolongación de calle Ricchieri, y se procedió a lotear el espacio destinado a dicha calle, encerrando a los lotes del plano anteriormente citado.
Que este asunto fue tratado por este Cuerpo, que se expidió en la Minuta de Comunicación Nº 143 del 06 de Noviembre del año dos mil, sin dar solución al problema planteado.
POR TANTO
EL CONCEJO MUNICIPAL
DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART. 1º.- FÍJESE de utilidad pública, los terrenos a expropiar sobre la prolongación de calle Ricchieri entre calles Luis Braille y Ombú.
ART. 2º.- AFÉCTESE a expropiación en un ancho no inferior a tres metros, los lotes designados como 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 18 del plano de Mensura Nº 90.851 del año 1950, hoy nomenclados como gráficos 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23 y 24 de la Manzana 148 de la Sección quinta, y los lotes designados como 1 y 17 de la Manzana V del plano de Mensura Nº 14.731 del año 1957, hoy nomenclados como gráficos 1 y 2 de la Manzana 144 de la Sección quinta, necesarios para la apertura de la prolongación de calle Ricchieri entre calles Luis Braille y Ombú, con un ancho no inferior a seis metros.
ART. 3º.- EFECTÚASE la expropiación en un ancho no inferior a tres metros , de los lotes mencionados en el art.2º, a los señores MEOTTO, ROGELIO ANGEL domiciliado en Bv. Urquiza Nº 1485 de la ciudad de San Lorenzo cuyas cuentas en el Padrón Municipal figuran con los siguientes datos: TOMO 71; FOLIO 439; Nº 80612 del Departamento San Lorenzo, CARDOZO ESCLIDE RENE domiciliada en Bv. Urquiza s/nº de la ciudad de San Lorenzo, cuenta en el Padrón Municipal Nº 5155668, GEREZ, MARIA ANTONIA, domiciliada en Bv. Urquiza Nº 1415 de la ciudad de San Lorenzo, cuenta en el Padrón Municipal Nº 5159462, MOLINA, JORGE RAMON, domiciliado en calle Rivadavia 1750 de la ciudad de San Lorenzo, cuenta en el Padrón Municipal Nº 5168798, VARAYOUD, OMAR PEDRO, domiciliado en calle Ricchieri Nº 1542 de la ciudad de San Lorenzo, cuenta en el Padrón Municipal Nº 5160275, PIEDRABUENA, JULIO EMILIO domiciliado en calle Perdriel Nº 637 de la ciudad de San Lorenzo, cuenta en el Padrón Municipal Nº 5160282 y 5168811, inscripto en el Registro General de la Propiedad con los siguientes datos: TOMO 355; FOLIO 110, Nº 394499 Y TOMO 355; FOLIO 111 Nº 394500 del Departamento San Lorenzo, ANZARDI, ROQUE FERNANDO, domiciliado en calle Ombú Nº 1292 de la ciudad de San Lorenzo, cuenta en el Padrón Muncipal Nº 5156166, inscripto en el Registro General de la Propiedad, con los siguientes datos: TOMO Nº 230, FOLIO Nº 281, Nº 155374 del Departamento San Lorenzo; ANZARDI, MARCELO FERNANDO, domiciliado en calle Ara Gral. Belgrano 1979 de la ciudad de San Lorenzo, cuenta en el Padrón Municipal Nº 5155927.-
ART. 4º.- FACÚLTESE al Departamento Ejecutivo Municipal para que por intermedio de la Asesoría Letrada , se proceda a realizar los trámites necesarios según correspondan , ante la HONORABLE LEGISLATURA PROVINCIAL, para obtener la expropiación de los terrenos en cuestión, con el objeto de obtener la norma legal de conformidad a lo prescripto en los Art.39, inc.15 de la Ley 2756 y el art.15 de la Constitución Provincial.
ART. 5º:Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y dése al Registro Municipal.
SALA DE SESIONES, mayo 20 de 2008.
Prof. Claudia G. Moyano
Presidenta
Concejo Municipal
Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal
María Angélica Meroi
Secretaria Administrativa
Concejo Municipal
Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número DOS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO (2685).
San Lorenzo, 30 de mayo de 2008.
Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal
Dr. Gerardo Damián Canseco
Secretario de Gobierno y Cultura