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Ordenanzas

2766: Desobligación de cumplimentar art. 1.7.9 de la ord. 1178/86 a zona C2 sobre vías ferrocarril.

ORDENANZA Nº 2766

En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los veintiún días del mes de octubre de dos mil ocho.

VISTO: La Nota Nº 2005-D-08 ingresada en mesa de entrada de la Municipalidad de San Lorenzo, presentada el día 29 de Mayo de 2008, por el Ing. Federico Duarte solicitando la factibilidad de construcción de un hotel, y

CONSIDERANDO: Que el anteproyecto no respeta la línea de contrafrente planteada en la Ordenanza de Uso del suelo 1178/86.
Que dicha Ordenanza rige el ordenamiento del territorio del Municipio de San Lorenzo como un todo sin entender en cuestiones particulares que se escapan a dicha Ordenanza.
Que el artículo 1.7.9. tiene como espíritu resguardar un espacio libre de construcción para crear centros de manzana en los lotes enfrentados en su parte posterior.
Que el anteproyecto respeta el espíritu de la norma por tratarse de un lote cuya ubicación es atípica ya que el fondo del mismo limita con las vías del Ferrocarril Belgrano Cargas, lo que cumplimentaría con la exigencia de centro de manzana.
Que dicho proyecto aportaría un nuevo impulso que esta gestión quiere darle a la cuestión turística.
Que hay que tomar en cuenta la importancia del emprendimiento, ya que existe una gran demanda de plazas hoteleras en la actualidad.
Que, un emprendimiento de tales características generaría un aporte urbanístico al sector en el que se implanta.
Que dicha situación fue tratada en la “Comisión Asesora del Plan Regulador”, resolviendo la aceptación del mismo, según acta del 15 de julio de 2008.
Que esto se efectúa respetando las formas legales correspondientes por primera vez en cuestiones de este tipo.
Que similar situación puede presentarse  en otros lotes del mismo sector, por lo que es necesario la sanción de la presente.

POR TANTO
EL CONCEJO MUNICIPAL
DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA

Art. 1º.- Todo lote, terreno o predio ubicado en la zona C2,  primer  sector,  que en su fondo linde con las vías de ferrocarril se desobligará a cumplimentar el Art.  1.7.9 de la Ordenanza de Uso del Suelo Nº 1178/86.

Art. 2º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y dése al Registro Municipal.

SALA DE SESIONES, 21 de octubre de 2008.

Prof. Claudia Moyano
Presidenta
Concejo Municipal

Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal

María Angélica Meroi
Secretaria Administrativa
Concejo Municipal

Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número DOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y SEIS (2.766).

San Lorenzo, 23 de Octubre de 2008.

Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal

Dr. Gerardo Damián Canseco
Secretario de Gobierno y Cultura