En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los veintiún días del mes de octubre del año dos mil ocho.
VISTO: La necesidad de implementar un estacionamiento especial que abarque las rampas de ingreso de las Empresas ASER S.R.L. y ASER UTE (Unión Transitoria de Empresa), y
CONSIDERANDO: Que las reiteradas reuniones y conversaciones con el responsable de las firmas citadas en los vistos en cuanto a la necesidad de establecer un estacionamiento que se adapte a las necesidades y demandas por parte de los usuarios de las dos empresas destinadas al Servicio de la Salud Laboral.
Que estas demandas son planteadas en relación a la necesidad de quién concurre a los servicios citados para tener la accesibilidad adecuada.
POR TANTO
EL CONCEJO MUNICIPAL
DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
Art. 1º.- AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal que a través de la dependencia que corresponda, proceda a reglamentar el espacio para estacionamiento a utilizar en el horario de 8 a 20 horas para las empresas ASER S.R.L. y ASER UTE, con señalización o leyenda “PROHIBIDO ESTACIONAR, EXCLUSIVO AMBULANCIA”, de acuerdo a necesidades específicas, conforme al dictamen elaborado por la Secretaría de Gobierno, a través de la Dirección de Inspección General, que dispone aproximadamente 15 metros entre carteles.
Art. 2º.- Derógase la ordenanza 2680/08.
Art. 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y dese al Registro Municipal.
SALA DE SESIONES, 21 de octubre de 2008.
Prof. Claudia Moyano
Presidenta
Concejo Municipal
Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal
María Angélica Meroi
Secretaria Administrativa
Concejo Municipal
Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número DOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE (2.769).
San Lorenzo, 28 de Octubre de 2008.
Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal
Dr. Gerardo Damián Canseco
Secretario de Gobierno y Cultura