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Ordenanzas

2791: Autorización para la realización de pavimento en calles Baigorria y W. Morris.

ORDENANZA Nº 2791

En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los dieciseis  días del mes de diciembre del año dos mil ocho.

VISTO: El Mensaje Nº 121 del Departamento Ejecutivo Municipal, legajo Nº 20140 de fecha 9 de diciembre de 2008 en el que se pone a consideración de este Cuerpo  el pedido de vecinos frentistas de las calles Baigorria entre Rioja y Fray M. Peña y calle W. Morris entre Bv. Oroño y Cayetano Silva solicitando la pavimentación de dichas arterias; y

CONSIDERANDO: Que sería muy positivo para el Barrio el Pino la ejecución de distintas obras que mejoren el estado de las calles.
Que para realizar lo solicitado por los vecinos es necesario habilitar una instancia administrativa donde la participación de los afectados por la obra pública pueda materializarse.
Que esa instancia es la apertura del Registro de Oposición.
Que el Registro de Oposición debe contener las especificaciones técnicas y económicas necesarias para que el contribuyente beneficiario de la obra pueda discernir la aceptación u oposición de la misma.

POR TANTO
EL CONCEJO MUNICIPAL
DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA

Art. 1º.- Autorízase la realización de la obra de construcción de pavimento de hormigón en las calles Baigorria entre Rioja y Fray M Peña y W. Morris entre Bv. Oroño y Cayetano Silva de la ciudad de San Lorenzo mediante el sistema de Contribución de Mejoras (con prorrateo del total del costo de la obra  por metro lineal de frente de cada propiedad), quedando el Departamento Ejecutivo Municipal facultado para establecer y/o convenir los planes de pagos respectivos. La obra se ejecutará con mano de obra municipal, pagando el frentista solo los materiales necesarios para la realización de dicha obra. Autorízase la realización de la obra de construcción de cordón integral en calle W. Morris entre Baigorria y Oroño.

Art. 2º.- Establécese un Registro de Oposición foliado, para frentistas beneficiados por la obra pública de realización de pavimento de hormigón en las calles Baigorria entre Rioja y Fray M. Peña y W. Morris entre Bv. Oroño y Cayetano Silva.

Art. 3º.-  Previo a la iniciación de la obra de pavimento de hormigón en las calles Baigorria entre Rioja y Fray M. Peña y W. Morris entre Bv. Oroño y Cayetano Silva de la Ciudad de San Lorenzo, la Municipalidad de San Lorenzo habilitará el Registro de Oposición con determinación precisa del área en que se hallen comprendidos los frentistas beneficiados. La apertura del Registro de Oposición será dada a publicidad por los medios que dispone el artículo 8 de la Ley Provincial Nº 2756, en el Boletín Oficial de la Ciudad de San Lorenzo, mediante dos publicaciones de periódicos locales y personalmente por intermedio de la oficina de notificaciones de la Municipalidad de San Lorenzo.

Art. 4º.-  El Registro de Oposición de la obra de pavimento de hormigón en las calles Baigorria entre Rioja y Fray M. Peña y W. Morris entre Bv. Oroño y Cayetano Silva de la ciudad de San Lorenzo permanecerá abierto por el término de diez (10) días hábiles administrativos desde el momento de la publicación en el Boletín Oficial o desde la publicación según   el artículo 8 de la Ley Nº 2756 o desde la notificación personal. En caso de dudas comenzará a contarse el plazo desde el que primero se concrete y permita concluir la notificación fehaciente de la apertura del Registro de Oposición.

Art. 5º.- El Registro de Oposición estará a disposición de los beneficiarios en la Secretaría de Obras y Servicios Públicos. El acta de apertura y cierre del Registro de Oposición deberá estar suscripto por el Secretario de Obras y Servicios Públicos.

Art. 6º.- Todo aquel beneficiario de la obra de pavimento de hormigón de las calles Baigorria entre Rioja y Fray M Peña y W. Morris entre Bv. Oroño y Cayetano Silva deberá acreditar al momento de la oposición su calidad de vecino beneficiario de la obra. Se considera vecino beneficiario a dicha obra pública a todos aquellos que posean, en las calles Baigorria entre Rioja y Fray M. Peña y W. Morris entre Bv. Oroño y Cayetano Silva de la ciudad de San Lorenzo, una propiedad de la que sean titulares registrales.

Art. 7º.- Con la notificación de la apertura del Registro de Oposición deberá informarse al vecino beneficiario de la obra pública, como mínimo, los siguientes datos:

1- Obra a Realizar.
2- Área comprendida.
3- Costo total estimado de la obra a realizarse.
4- Financiación.
5- Fechas de apertura y cierre de Registro de Oposición.
6- Costo aproximado individual  del vecino beneficiado.
7- Duración de la obra.
8- Características técnicas de la obra a realizar.

Art. 8º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal, en caso de que las obras se efectivicen, a financiarlas con los fondos del Presupuesto Municipal afectando las partidas necesarias para atender los gastos que demanden.

Art. 9º.- Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar la readecuaciones presupuestarias necesarias a fin de dar cumplimiento a la presente Ordenanza.

Art. 10º.- Impútese los gastos que demande la aplicación de la presente Ordenanza a las partidas presupuestarias correspondientes.

Art. 11º.- Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y dése al Registro Municipal.

SALA DE SESIONES, 16  de diciembre de 2008.

Prof. Claudia Moyano
Presidenta
Concejo Municipal

Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal

María Angélica Meroi
Secretaria Administrativa
Concejo Municipal

Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número DOS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y UNO (2.791).

San Lorenzo, 22 de Diciembre de 2008.

Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal

Dr. Gerardo Damián Canseco
Secretario de Gobierno y Cultura