En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los veintitrés días del mes de diciembre del año dos mil ocho.
VISTO: Que la Comisión Asesora del Plan Regulador mediante nota legajo Nº 20079 da cuenta de que en la normativa actual no hay especificaciones en cuanto a las zonas en donde pueda realizarse la producción de humus artificial denominado compost.
Que han ingresado a la Municipalidad pedidos de particulares para instalaciones de este tipo de emprendimientos.
Que por disposiciones establecidas en la Ordenanza 2696/08, la Comisión del Plan Regulador ha cumplimentado en elevar al Concejo Municipal el Estudio de Factibilidad correspondiente; y
CONSIDERANDO: Que la zona apropiada para la producción de Compost es la zona denominada Área Rural, A.R, descripta en la Ordenanza 1178/86.
Que el compost, también llamado humus artificial, es un elemento que mejora la estructura del suelo, siendo necesarios para su fabricación elementos que aporten nitrógeno y carbono como lo son hojas secas, astillas, aserrín, papel, cartón, residuos de cosecha, césped, ramas, estiércol, restos de frutas y verduras, etc., por lo que este proceso minimiza el impacto que estos residuos ocasionan en el ambiente.
Que según normativa provincial, Ley Nº 11717 y Decreto Reglamentario, la producción de compost se considera Categoría 1 “Bajo o Nulo impacto”.
POR TANTO
EL CONCEJO MUNICIPAL
DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
Art. 1º.- Modifícase el Artículo 1º, inciso 20.3 de la Ordenanza Nº 1178/86 que quedará redactado de la siguiente manera:
“Art. 1º, inc.20.3: USOS COMPLEMENTARIOS:
Serán complementarios de esta Área los siguientes usos: Producción o elaboración de humus artificial o Compost; vivienda complementaria de la explotación agropecuaria; viviendas de fin de semana, colonia de vacaciones, etc”.
Art. 2º.- Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y dése al Registro Municipal.
SALA DE SESIONES, 23 de diciembre de 2008.
Prof. Claudia Moyano
Presidenta
Concejo Municipal
Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal
María Angélica Meroi
Secretaria Administrativa
Concejo Municipal
Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número DOS MIL OCHOCIENTOS CUATRO (2.804).
San Lorenzo, 06 de Enero de 2009.
Prof. Claudia Moyano
Presidente Concejo Municipal
A/C de la Intendencia Municipal
Municipalidad de San Lorenzo
Dr. Gerardo Damián Canseco
Secretario de Gobierno y Cultura