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Ordenanzas

2905: Establecer las tarifas de estadía de vehículos en corralón municipal.

ORDENANZA Nº 2905

En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil nueve.

VISTO: El Mensaje Nº 108/09 del Departamento Ejecutivo Municipal, legajo Nº 20887 en el que se hace mención a la gran cantidad de vehículos que son diariamente remitidos y depositados en el corralón municipal y la consecuente necesidad de regular las tarifas que por estadía los mismos devengan; y

CONSIDERANDO: Que es atribución de este Cuerpo establecer los cargos derivados del uso de los espacios municipales, uso que implica además el ejercicio de tareas de vigilancia.
Que la gratuidad vigente hasta la fecha estimula la morosidad de los titulares de diferentes clases de vehículos en regularizar la situación legal de los mismos para proceder a su retiro, con lo que el corralón municipal ha saturado su capacidad física y la Municipalidad, a la vez, forzada a incrementar el personal a cargo del control.

POR TANTO
EL CONCEJO MUNICIPAL
DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA

Art. 1.- ESTABLÉCESE a partir del 1º de enero de 2010, las siguientes tarifas para todos los vehículos que, por cualquier motivo, se encuentren depositados en instalaciones del corralón municipal:

A- Bicicleta (todos los rodados y tipos): Pesos Dos ($ 2,00)  por día.
B- Motociclos hasta 110cm3 de cilindrada: Pesos Tres con Cincuenta ctvs. ($ 3,50) por día.
C- Triciclos y cuatriciclos motorizados y motocicletas de más de 110cm3 de cilindrada: Pesos Cinco ($ 5.00)  por día.
D- Automotores en cualquier estado, de peso presunto según modelo, inferior a los 1200 kg. Pesos Seis  ($ 6.00)  por día.
E- Automotores en cualquier estado, de peso presunto según modelo, superior a los 1200 kg. Pesos Siete con Cincuenta ctvs. ($ 7.50) por día.
F- Utilitarios, furgones, camionetas, pick up, camiones con y sin chasis, colectivos: Pesos Cincuenta ($ 50.-)  por día.

Art. 2.- DELÉGASE en el Departamento Ejecutivo Municipal  la reglamentación del   procedimiento de facturación de las tarifas precedentes, así como su cobro por la vía de apremio en el marco de la Ley provincial 5066.

Art. 3.- Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y dése al Registro Municipal.

SALA DE SESIONES, 28  de diciembre de 2009.

Prof. Claudia Moyano
Presidenta
Concejo Municipal

María Angélica Meroi
Secretaria Administrativa
Concejo Municipal

Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal

Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número DOS MIL NOVECIENTOS CINCO (2.905).

San Lorenzo, 30 de Diciembre de 2009.

Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal

Dr. Gerardo Damián Canseco
Secretario de Gobierno y Cultura