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Ordenanzas

2995: Declaración de utilidad pública a fracción de terreno.

ORDENANZA Nº 2995

En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil diez.

VISTO: El Mensaje Nº 098/10 del Departamento Ejecutivo Municipal, legajo Nº 21514, en el que se menciona la necesidad de declarar de utilidad pública, para posterior expropiación del  inmueble que se requiere y necesita para fines de apertura y ensanche de calles  públicas, cuya superficie según título es de un mil ochocientos setenta y cuatro metros cuadrados con ochenta y nueve centímetros cuadrados (1874.89 mts2), titulares de dominio, según informe del Registro General de la Propiedad de Rosario que obra a la vista, Don Agapito González  y Doña Juana Sinforosa Morales de González (su esposa); y

CONSIDERANDO: Que conforme informe técnico proveniente del departamento de catastro municipal, ésta situación se origina como consecuencia de que antes de la década del 60, las fracciones para quintas ocupaban varias hectáreas, y su disposición era en lonjas. En los años 60 se dividieron las propiedades en lotes con aperturas de vías públicas y algunas fracciones quedaron sin modificaciones, entre éstas últimas se encuentra el inmueble en cuestión.Que la mayor parte de la parcela se encuentre afectada a apertura de vías públicas, calles: Paraguay; Ingeniero White y San José, trajo como consecuencia la falta de interés del propietario en fraccionar el predio, y por ese motivo las calles citadas no pudieron abrirse con el ancho oficial, provocando inconvenientes en la circulación e impidiendo la concreción de obras de mejoras, como pavimentos, desagües, iluminación, etc., hecho que así mismo trajo aparejado la desvalorización de las propiedades circundantes.Que los vecinos se presentaron mediante nota (Expte. 0693 – Letra S – del 16/03/2010), solicitando la apertura de la calle Paraguay y San José (del Barrio José Hernández).Que conforme a la documentación obrante en el archivo de catastro el inmueble sujeto a declaración de utilidad pública pertenece según informe de estado de dominio emitido por el Registro General de la  Propiedad Inmueble de Rosario (que obra a la vista) a Don Agapito González y que fuera transferido conforme la declaratoria de herederos que obra a la vista, emitida por el Juzgado de 1ª Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 2ª Nominación de Rosario, Resolución Nº 598, de fecha 15 de Julio de 1977, dentro de autos: “González Agapito s/ Declaratoria de Herederos”. Expte Nº 955/77 y sello de transferencia de dominio a los antes descriptos Nº 301571, del 6 de febrero de 1979, Fº 217/118, Nº 301571, Tº 348, a favor de  sus sucesores: JUANA SINFOROSA MORALES, YOCAS o IOCAS MERCEDES GONZALES O GONZALEZ y  MORALES  y JOSEFA NELIDA GONZALEZ y MORALES.Que la fracción de terreno se ubica según titulo en la ciudad de San Lorenzo, Pcia de Santa Fe, compuesto de veinte y un metros sesenta y cinco centímetros de frente al Este por ochenta y seis metros sesenta centímetros de fondo, lo que forma un total de una superficie de mil ochocientos setenta y cuatro metros ochenta y nueve decímetros cuadrados ( 1874.89mts2), lindando al Este y al Oeste con Mauricio Toloza, hoy camino vecinal, al Norte con parte de Florencia Toloza y en parte con Mauricio Toloza, hoy Peire y al Sud con la testamentaria de Ángel Caballero, hoy sucesión Luis Borghi. Inscripción Dominio: Tomo 49, Folio 355 Nº 33079, dpto. San Lorenzo. Nomenclatura Municipal: Zona 05 Manzana 0063, Gráfico 10, Catastro M-7390-2008 S, Cuenta Municipal 5142002, empadronado bajo partida inmobiliaria Nº 15-03-09-200235/0000.Que el informe técnico del Departamento de Catastro Municipal, ha acreditado la necesidad de ocupar dicho terreno a efectos de dar la apertura y el ensanche de las nombradas calles,  para así  brindar a la comunidad obras de utilidad.Que la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, establece en el ARTICULO 39 inc 15: “Solicitar de la Legislatura provincial autorización para la expropiación por causa de utilidad pública de bienes convenientes y necesarios para el cumplimiento de atribuciones y deberes municipales; cualquiera sea su naturaleza jurídica; estén o no en el comercio; sean cosas o no; debiendo en cada caso dictarse la correspondiente ordenanza”.

POR TANTO EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA:

Art. 1º.- DECLÁRASE de utilidad pública e interés general, para así dar comienzo al trámite de expropiación ante la Provincia, a la fracción de terreno de forma rectangular perteneciente, conforme a título que obra a la vista, al Sr. Agapito González, hoy sus sucesores: JUANA SINFOROSA MORALES, YOCAS o IOCAS MERCEDES GONZALES O GONZALEZ y  MORALES  y JOSEFA NELIDA GONZALEZ y MORALES., cuyo dominio se encuentra inscripto al Tomo 49, Folio 355 Nº 33079, dpto. San Lorenzo. Nomenclatura Municipal: Zona 05 Manzana 0063, Gráfico 10, Catastro M-7390-2008 S, Cuenta Municipal 5142002, empadronado bajo partida inmobiliaria Nº 15-03-09-200235/0000, con una superficie de un mil ochocientos setenta y cuatro metros cuadrados con ochenta y nueve centímetros cuadrados (1874.89mts2) según título.
Art. 2º.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal,  a través de la repartición que corresponda, a promover la acción expropiatoria a que se refiere el Articulo 1.
Art. 3º.- SOLICITASE a la Honorable Legislatura de la Provincia de Santa Fe la sanción de la norma legal correspondiente al art. 15 de la Constitución Provincial y Art. 39 Inc. 15 de la  Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 y pertinentes de la ley 7534.
Art. 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y dése al Registro Municipal.

SALA DE SESIONES, 14 de diciembre de 2010.

Dr. Eduardo Ros
Presidente
Concejo Municipal

María Angélica Meroi
Secretaria Administrativa
Concejo Municipal

Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal

Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número DOS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO (2.995).

San Lorenzo, 16 de Diciembre de 2010.

Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal

Dr. Gerardo Damián Canseco
Secretario de Gobierno y Cultura