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Ordenanzas

3011: Declaración de Ciudadano Destacado al nadador Roberto Lafarga.

ORDENANZA Nº 3011

En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los veintinueve días del mes de marzo del año dos mil once.

VISTO: El Mensaje Nº 105/10 del Departamento Ejecutivo Municipal, Legajo Nº 21536, en el que se hace referencia al Decreto Nº 776/10 del Departamento Ejecutivo Municipal; y

CONSIDERANDO: Que, es importante destacar la trayectoria deportiva del nadador sanlorencino Roberto Lafarga. Que fue uno de los fundadores del Poliderportivo Municipal y de la pileta olímpica de natación. Que organizó los primeros cruces del río Paraná en San Lorenzo con grupo de nadadores infantiles, jóvenes y adultos.Que fue guardavidas, profesor de natación y entrenador desde muy joven. Que sus sobrados méritos, son un valiosísimo aporte al deporte de nuestra ciudad.

POR TANTO EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA:

Art. 1º.- Declárese “Ciudadano Destacado Post-Mortem” de la histórica ciudad de San Lorenzo al deportista Roberto Lafarga.
Art. 2°.- Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y dése al Registro Municipal.

SALA DE SESIONES, 29 de marzo de 2011.

Dr. Eduardo Ros
Presidente
Concejo Municipal

María Angélica Meroi
Secretaria Administrativa
Concejo Municipal

Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal

Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número TRES MIL ONCE (3.011).

San Lorenzo, 01 de Abril de 2011.

Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal

Dr. Gerardo Damián Canseco
Secretario de Gobierno y Cultura