ORDENANZA Nº 3075
En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los veintinueve días del mes de noviembre del año dos mil once.
VISTO: La Ordenanza Nº 1636/91; y
CONSIDERANDO:
Que es necesario otorgarle el adecuado marco legal a la relación existente entre el Club Náutico “Ciudad de San Lorenzo” y la Municipalidad de San Lorenzo.
Que el tema se encuentra en estudio en este Concejo y dado que finaliza el término otorgado por Ordenanza 3069, se dispone su prórroga hasta el 15 de diciembre.
POR TANTO EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA
Art. 1º.- Dispónese prorrogar hasta el 15 de diciembre el comodato del Club Náutico “Ciudad de San Lorenzo”.
Art. 2º.- Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y dése al Registro Municipal.
SALA DE SESIONES, 29 de noviembre de 2011.
Dr. Eduardo Ros
Presidente
Concejo Municipal
María Angélica Meroi
Secretaria Administrativa
Concejo Municipal
Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal
Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número TRES MIL SETENTA Y CINCO (3075).
San Lorenzo, 01 de diciembre de 2011.
Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal
Dr. Gerardo Damián Canseco
Secretario de Gobierno y Cultura