ORDENANZA Nº 3078
En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los veintinueve días del mes de noviembre del año dos mil once.
VISTO: El Mensaje Nº 101/11 del Departamento Ejecutivo Municipal, legajo Nº 22204, en el que se hace referencia a la necesidad de realizar obras de mejoramiento en las calles cuya donación fuera aceptada mediante la Ordenanza Nº 3048; y
CONSIDERANDO:
Que en fecha 18 de noviembre de 2011 la firma ZAGREB Negocios Inmobiliarios ofreció construir cordón cuneta de hormigón, alcantarillado, estabilizado granular en dichas calles por su cuenta y costo.
Que tal obra se ejecutará bajo la supervisión de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de San Lorenzo y no representará costo alguno para el erario público.
POR TANTO EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA
Art. 1º.- Autorízase y/o Apruébase la ejecución, por total cuenta y costo de la firma ZAGREB Negocios Inmobiliarios S.A. de las obras de cordón cuneta de hormigón, alcantarillado y estabilizado granular en las calles cuya donación fuera aceptada mediante Ordenanza Nº 3048.
Art. 2º.- Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y dése al Registro Municipal.
SALA DE SESIONES , 29 de noviembre de 2011.
Dr. Eduardo Ros
Presidente
Concejo Municipal
María Angélica Meroi
Secretaria Administrativa
Concejo Municipal
Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal
Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número TRES MIL SETENTA Y OCHO (3078).
San Lorenzo, 01 de diciembre de 2011.
Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal
Dr. Gerardo Damián Canseco
Secretario de Gobierno y Cultura