ORDENANZA Nº 3108
En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los veintisiete días del mes de marzo del año dos mil doce.
VISTO: El Mensaje Nº 09/12 del Departamento Ejecutivo Municipal, legajo 22389, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Mensaje se envió el Convenio Específico Nº 3 y Nº 4 firmados en fecha 20 de marzo de 2012, bajo el amparo del Convenio Marco de Cooperación Institucional entre “La Orden de Frailes Menores – Provincia Franciscana San Miguel” y la Municipalidad de San Lorenzo.
Que por la Ordenanza Nº 3047/11 se aprobó el convenio Marco de Cooperación Institucional con fecha del 23 de agosto de 2011, el mismo contenía el Convenio Específico Nº 1 y Nº 2.Que en esta oportunidad se firmaron el Convenio Específico Nº 3 y Nº 4 en el marco de la mencionada Ordenanza.Que ambas partes renuevan el interés en estimular la colaboración interinstitucional en mutuo beneficio que afiance la vinculación operativa, cultural, educativa, académica y científica entre las mismas.
POR TANTO EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA
Art. 1.- Apruébase el Convenio Específico Nº 4 bajo el amparo del Convenio Marco de Cooperación Institucional entre la “Orden de Frailes Menores – Provincia Franciscana de San Miguel” y el “Municipio de San Lorenzo – Provincia de Santa Fe” firmado el 20 de marzo de 2012.
Art. 2.- Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y dése al Registro Municipal.
SALA DE SESIONES, 27 de marzo de 2012.
Dr. Eduardo Ros
Presidente
Concejo Municipal
María Angélica Meroi
Secretaria Administrativa
Concejo Municipal
Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal
Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número TRES MIL CIENTO OCHO (3108).
San Lorenzo, 29 de marzo de 2012.
Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal
Dr. Ivan Ariel Ludueña
Secretario de Gobierno y Cultura