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Ordenanzas

3262: ACÉPTASE la donación de noventa (90) metros cúbicos de hormigón elaborado, efectuada por la firma Tecbeton S.A.

ORDENANZA Nº 3262
 
En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los diecisiete  días del mes de septiembre del año dos mil trece.
VISTO: El Mensaje Nº 054/13 del Departamento Ejecutivo Municipal, Legajo Nº 23265 C.M., que menciona la nota presentada en fecha 11/09/2013 por Gisela Viviana Pérez en carácter de apoderada de la firma Tecbeton S.A. Expte N° 34925; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la nota citada la empresa nombrada dona a la Municipalidad de San Lorenzo, noventa (90) metros cúbicos de hormigón elaborado, destinado a ser utilizado en obras públicas de la ciudad.
Que el material a ser entregado podría ser aplicado en obras y trabajos a determinar por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, en forma armónica conforme al Plan de Obras Públicas en marcha.
Que ante ello resulta conveniente aceptar la donación señalada y autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a aplicar el material donado en la realización de trabajos de bacheo y/o construcción de cordón cuneta y/o badenes y/o aletas en bocacalles y/o cordones y/o pavimentación de banquinas y/u otras obras en calles de los barrios de la ciudad en los sitios que determine la repartición correspondiente, sin costo para los frentistas atento al origen gratuito del señalado material, el interés social y comunitario del tipo de obras indicado y a la situación económica general.
POR  TANTO EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA
Art. 1.- ACÉPTASE la donación de noventa (90) metros cúbicos de hormigón elaborado, efectuada por la firma Tecbeton S.A., para ser utilizados a medida en que lo requiera la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de San Lorenzo.
Art. 2.- AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar trabajos de bacheo y/o construcción de cordón cuneta y/o badenes y/o aletas en bocacalles y/o cordones y/o pavimentación de banquinas y/u otras obras en las arterias de la ciudad que éste determine, con el material donado citado en el artículo 1º, sin costo para los frentistas.
Art. 3.- IMPÚTENSE los gastos que demande el cumplimiento de la presente a las partidas presupuestarias correspondientes.
Art. 4.- El Departamento Ejecutivo Municipal informará a este Cuerpo el destino de la misma.
Art. 5º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y dese al Registro Municipal.
SALA DE SESIONES, 17  de septiembre de 2013.
Dr. Gustavo R. Oggero
Presidente
Concejo Municipal
Julio C. Camusso
Secretario Administrativo
Concejo Municipal
Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal
Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número TRES MIL DOSCIENTOS SESENTA Y DOS (3.262).
San Lorenzo, 18 de Septiembre de 2013.
Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal
Dr. Iván Ariel Ludueña
Secretario de Gobierno y Cultura