ORDENANZA Nº 3325
En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los quince días del mes de abril del año dos mil catorce.-
VISTO: La nota presentada por la Asociación Vecinal Nicasio Oroño, Expte. 23011 C.M.; y
CONSIDERANDO: Que en la citada manifestaban los inconvenientes que genera la doble mano de calle Hugo Rippa en la desembocadura con calle Bv. Oroño, donde aquella se angosta permitiendo el paso de un solo vehículo a la vez.
Que ante esta situación, los vehículos que circulan por calle Oroño y pretenden ingresar a calle Hugo Rippa, deben detenerse en calle Oroño pudiendo ocasionar accidentes, debido al tránsito de la misma.
Que la proximidad con el paso a nivel del ferrocarril incrementa los riesgos antedichos.
Que ante esta situación es conveniente establecer para la calle Rippa un único sentido de circulación de Sur a Norte en los 50 metros próximos a la intersección con calle Bv. Oroño y disponer la colocación de un cartel de “CONTRAMANO” en la esquina de referencia.-
POR TANTO
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO
SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA Nº 3325.
Art. 1°.- DISPONESE para la calle Hugo Rippa un único sentido de circulación de Sur a Norte en los 50 metros próximos a la intersección con calle Oroño y la colocación de un cartel con la leyenda “CONTRAMANO” en la esquina de referencia.-
Art. 2°.- Impútense los gastos a las partidas presupuestarias correspondientes.-
Art. 3º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y dese al Registro Municipal.-
SALA DE SESIONES, 15 de Abril de 2014
Prof. SILVIA B. ALVAREZ Secretaria Legislativa Concejo Municipal | JULIO CESAR CAMUSSO Secretario Administrativo Concejo Municipal | Dr. GUSTAVO R. OGGERO Presidente Concejo Municipal |
Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal,
bajo el número TRES MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO (3325)
San Lorenzo, 16 de Abril de 2014.
D. IVAN LUDUEÑA Secretario de Gobierno y Cultura Municipalidad de San Lorenzo | DR. LEONARDO RAIMUNDO |