En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los doce días del mes de mayo del año dos mil quince.-
VISTO: El Mensaje Nº 20/15 del Departamento Ejecutivo Municipal, Expediente 24121 C.M.; y
CONSIDERANDO: Que por medio del Mensaje se eleva el Convenio Complementario para la Implementación del Servicio de Revisión Técnica Vehicular obligatoria en los vehículos afectados al Transporte Público y/o al Servicio Público Municipal, suscripto con el Centro de RTO denominado DSG Control S.R.L.
Que las prestación del servicio se realizará conforme a la Ley Provincial Nº 13.133 y sus Decretos Provinciales Reglamentario Nº 0869/09 y modificatorias, Resoluciones complementarias de la Agencia Provincial de Seguridad Vial y las Ordenanza inherentes al tema.
Que se fija una vigencia de cinco años al Convenio con la posibilidad de la prórroga del mismo por períodos iguales y consecutivos.
Que este Convenio beneficia a los prestadores de servicio público de transporte.-
POR TANTO
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO SANCIONA LA
SIGUIENTE ORDENANZA Nº 3423
Art. 1º.- APRUÉBESE el Convenio Complementario para la Implementación del Servicio de Revisión Técnica Vehicular obligatoria en los vehículos afectados al Transporte Público y/o al Servicio Público Municipal, celebrado entre la Municipalidad de San Lorenzo y el Centro de RTO con habilitación provincial denominado DSG Control S.R.L. el día 9 de mayo de 2015.-
Art. 2º.- Impútense los gastos que demande la aplicación de la presente a la partida presupuestaria correspondiente.-
Art. 3º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y dése al Registro Municipal.-
SALA DE SESIONES, 12 de mayo de 2015.-