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Ordenanzas

2654: Autorízación al D.E.M. de la imputación contable con cargo al Presupuesto vigente…


BOLETÍN OFICIAL Nº 388

ORDENANZA Nº 2654

En la Ciudad de San Lorenzo, Departamento del mismo nombre de la Provincia de Santa Fe, a los veintidós días del mes de Febrero del año dos mil ocho.-

VISTO: El Mensaje del Departamento Ejecutivo Municipal Nro. 018/08, legajo 19394, donde manifiesta: Que se encuentran en avanzado estado de ejecución los trabajos contratados con la firma SORJA S.A., con domicilio legal en Roque Saenz Peña N° 251 de la localidad de Fray Luis Beltrán, con quién se acordó la ejecución de la regularización de las calles Genaro Roldán, Díaz Vélez y Mitre; y

CONSIDERANDO: Que el precio total por los trabajos indicados se estableció en la suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES CON 15/100 ($ 238.993,15); tratándose de una contratación directa autorizada por el Concejo Municipal a través del artículo 6º de la Ordenanza Nº 2.643, que facultó al Departamento Ejecutivo a “realizar contratación directa para la inmediata reparación del camino de tránsito pesado (ingreso norte de la ciudad) en calle Díaz Vélez y Boulevard Mitre, para evitar mayores emergencias de consecuencias insalvables por un monto de hasta pesos doscientos cuarenta mil ($ 240.000.-)”.
Que la renta especial determinada por el artículo 2º de la “ut supra” mencionada Ordenanza recién comenzará a devengar recursos específicos en el mes de Marzo del corriente año, los que concretamente ingresarán al erario municipal durante el mes de Abril próximo; por lo que debe establecerse la forma de imputación contable del gasto vinculado a los trabajos públicos indicados en el VISTO de la presente Ordenanza.-

POR TANTO
EL CONCEJO MUNICIPAL
DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA

Art. 1°) Autorízase al Departamento Ejecutivo la imputación contable con cargo al Presupuesto vigente del gasto vinculado a la ejecución de los trabajos contratados con la firma SORJA S.A., con domicilio legal en Roque Saenz Peña N° 251 de la localidad de Fray Luis Beltrán, para la reparación del camino de tránsito pesado del ingreso Norte de la ciudad en calles Genaro Roldán, Díaz Vélez y Boulevard Mitre.

Art. 2°) A los efectos de la imputación contable determinada por el artículo anterior, deberá procederse en primer lugar mediante apropiación efectuada en relación al crédito presupuestario disponible vinculado a los fondos ya recaudados originados en la Ordenanza Nº 2.520 y normas concordantes. De resultar insuficientes tales niveles crediticios, deberá imputarse el excedente a partidas disponibles de rentas generales, con carácter transitorio, con posterior reversión a rentas especiales, una vez producidos los ingresos correspondientes en virtud de la Ordenanza Nº 2.643 y Nº 2.651; autorizándose al Departamento Ejecutivo a efectuar las modificaciones presupuestarias indispensables para permitir la total imputación contable y posterior pago de las erogaciones asociadas a los trabajos públicos indicados en el VISTO de la presente Ordenanza. ARTÍCULO 1º. DE LA Presente Ordenanza.-

Art. 3°) Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y dése al Registro Municipal.-

SALA DE SESIONES, Febrero 22 de 2008.-

Prof. Claudia G. Moyano
Presidenta
Concejo Municipal

Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal

María Angélica Meroi
Secretaria Administrativa
Concejo Municipal

Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número DOS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO (2654).

San Lorenzo, 22 de Febrero de 2008.

Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal

Dr. Gerardo Damián Canseco
Secretario de Gobierno y Cultura