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Ordenanzas

2664: Concesión a favor de la Coop. de Consumo de agua potable de B. Bouchard Ltda.

ORDENANZA Nº 2664

En la ciudad de San Lorenzo,  departamento del mismo nombre, Provincia de Santa Fe al primer día del mes de abril del año dos mil ocho.

VISTO: La nota presentada por la Cooperativa de Consumo de Agua Potable y Otros  Servicios  Públicos de Barrio Bouchard Limitada, registro nro. 19446 Concejo Municipal; y

CONSIDERANDO:  Que el día 31 de diciembre de 2007 venció el plazo por el cual se otorgó la concesión de la provisión de agua potable a favor de la Cooperativa de Consumo de Agua Potable y otros Servicios Públicos de Barrio Bouchard Limitada.
Que es decisión de continuar con la concesión en los mismos términos.
Que el Concejo Municipal debe dictar una nueva Ordenanza.

POR TANTO
EL CONCEJO MUNICIPAL
DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA

Art. 1) OTÓRGUESE la concesión del suministro de agua potable a la Cooperativa de Consumo de Agua Potable y Otros Servicios Públicos de Barrio Bouchard Limitada para los barrios Bouchard, 2 de Abril y Rivadavia.

Art. 2) La concesión de provisión de agua potable se realiza en las mismas condiciones que las existentes hasta el 31-12-2007.

Art. 3) Establécese que la concesión se otorga hasta el 31 de diciembre de 2011. A los efectos de una continuidad jurídica lógica y de materializar contractualmente lo acaecido en la realidad, instruméntese la concesión a partir del 1 de enero de 2008, ya que la prestación del servicio no fue interrumpida independientemente del vencimiento de la concesión.

Art. 4)  La cooperativa concesionaria deberá cumplir con lo establecido en la Resolución  nro. 0895 del Ministerio  de Obras y Servicios Públicos y Vivienda, el Ente Regulador de Servicios Sanitarios y toda normativa concordante y correlativa vigente en el ámbito de prestación del servicio.

Art. 5) La Cooperativa deberá presentar anualmente sus memoria y balance e inventario ante el Concejo Municipal y el Departamento Ejecutivo Municipal.

Art. 6) En el plazo de SESENTA (60) días contados desde la promulgación de la presente, la Cooperativa Concesionaria presentará a todos los efectos pertinentes el cuadro tarifario al Concejo Municipal.

Art. 7) Comuníquese, publíquese en el Boletín  Oficial y dése al Registro Municipal.

SALA DE SESIONES, Abril 01 de 2008.

Prof. Claudia G. Moyano
Presidenta
Concejo Municipal

Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal

María Angélica Meroi
Secretaria Administrativa
Concejo Municipal

Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO (2664).

San Lorenzo, 11 de abril de 2008.

Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal

Dr. Gerardo Damián Canseco
Secretario de Gobierno y Cultura