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Ordenanzas

2675: Modificación del art. 2º de la Ordenanza Nº 2183.

ORDENANZA Nº 2675:

En la ciudad de San Lorenzo departamento del mismo nombre, Provincia de Santa Fe a los veintidos días del mes de abril del  año dos mil ocho.

VISTO: El mensaje Nº 028/08 del Departamento Ejecutivo Municipal conteniendo la solicitud efectuada por los empleados municipales veteranos de la Guerra de las Malvinas, relacionado con la readecuación del cálculo del complemento mensual que percibe dicho personal; y

CONSIDERANDO: Que es imperiosa la necesidad de proceder a dicha readecuación a todo aquél personal que acredite su condición de ex combatiente en las acciones bélicas desarrolladas en el Atlántico Sur, entre el 2 de Abril y el 14 de Junio de 1982.
Que el nuevo cálculo deberá efectuarse sobre la asignación básica correspondiente a la categoría 16 y no sobre la categoría 8.

POR TANTO
EL CONCEJO MUNICIPAL
DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO
SANCIONA LA  SIGUIENTE
ORDENANZA
               
Art. 1º) MODIFÍCASE el art.2º de la Ordenanza Nº 2183, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Establécese a partir del 1º de Mayo de 2008 un complemento mensual, equivalente al ochenta y cinco por ciento (85%) de la asignación básica correspondiente a la categoría dieciseis (16) del agrupamiento municipal, para el personal de la Municipalidad de San Lorenzo que acredite condición de ex combatiente en las acciones bélicas desarrolladas en el Atlántico Sur, entre el 2 de Abril y el 14 de Junio de 1982”.

Art. 2º) Impútese el gasto que demande el cumplimiento de la presente, a la partida presupuestaria correspondiente.

Art. 3º) Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y dése al Registro Municipal.

SALA DE SESIONES, 22 de Abril de 2008.

Prof. Claudia G. Moyano
Presidenta
Concejo Municipal

Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal

María Angélica Meroi
Secretaria Administrativa
Concejo Municipal

Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número DOS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO (2675).

San Lorenzo, 06 de mayo de 2008.

Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal

Dr. Gerardo Damián Canseco
Secretario de Gobierno y Cultura