En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los veintisiete días del mes de mayo del año dos mil ocho.
VISTO: El mensaje 036/08 del Departamento Ejecutivo Municipal ingresado al Concejo Municipal y registrado como Legajo 19592, por el cual se informa que la empresa DYCASA S.A y la Municipalidad de San Lorenzo firmaron un Acta Acuerdo por la cual se compromete a realizar obras, trabajos y mejoras en aras de contribuir a la reparación de las consecuencias originadas por la Obra Intercambiador R.N Nº AO12 – R.N Nº 11, y;
CONSIDERANDO: Que las obras, trabajos y mejoras quedaran incorporadas al dominio público. Que el presente Acta Acuerdo fue celebrado Ad Referéndum de su aprobación por el Concejo Municipal y a condición de que se cumpla con lo normado en el artículo 39 inc. 8 de la ley Nº 2756 Orgánica de Municipalidades. Que el Departamento Ejecutivo Municipal remitió a este Cuerpo dicho Acta Acuerdo a sus efectos.
POR TANTO
EL CONCEJO MUNICIPAL
DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART. 1º: Apruébese el Acta Acuerdo realizado por el Departamento Ejecutivo Municipal y la Firma DYCASA S.A en fecha 13 de Mayo de 2008.
ART. 2º: Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y dése al Registro Municipal.
Prof. Claudia G. Moyano
Presidenta
Concejo Municipal
Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal
María Angélica Meroi
Secretaria Administrativa
Concejo Municipal
Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número DOS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES (2693).
San Lorenzo, 02 de JUNIO de 2008.
Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal
Dr. Gerardo Damián Canseco
Secretario de Gobierno y Cultura