VISTO: El Mensaje Nº 51/08 del Departamento Ejecutivo Municipal, Nº de legajo 19695 de fecha 30 de junio de 2008.
CONSIDERANDO: Que la Municipalidad de San Lorenzo ha suscripto un convenio con el Gobierno de la Provincia de Santa Fe denominado “Convenio de complementariedad entre la Provincia de Santa Fe y la Municipalidad de San Lorenzo para la Implementación del SISTEMA ALIMENTARIO ÚNICO PROVINCIAL-MUNICIPAL”.
Que dicho convenio fija como objetivo primordial la articulación y mutua colaboración entre la Provincia y el Municipio buscando la complementariedad necesaria entre ambas jurisdicciones para el desarrollo de la cadena agroalimentaria en cada uno de los eslabones que la componen.
Que el mencionado Convenio está orientado a producir la integración tomando como eje los conceptos de equidad, buenas prácticas agrícolas, pecuarias, de manufacturas y consumo basadas en el criterio de análisis peligro/riesgo con el objetivo de garantizar alimentos seguros y de calidad como así también el rescate de las culturas alimentarias de nuestra Provincia.
POR TANTO
EL CONCEJO MUNICIPAL
DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
Art. 1º.- Apruébase el “Convenio de Complementariedad entre la Provincia de Santa Fe y la Municipalidad de San Lorenzo para la Implementación del SISTEMA ALIMENTARIO ÚNICO PROVINCIAL-MUNICIPAL”.
Art. 2º.- Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y dése al Registro Municipal.
SALA DE SESIONES, 01 de julio de 2008.
Prof. Claudia Moyano
Presidenta
Concejo Municipal
Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal
María Angélica Meroi
Secretaria Administrativa
Concejo Municipal
Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número DOS MIL SETECIENTOS NUEVE (2709).
San Lorenzo, 08 de Julio de 2008.
Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal
Dr. Gerardo Damián Canseco
Secretario de Gobierno y Cultura