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Ordenanzas

2712: Aprobación del Presupuesto 2008 del Municipio.

ORDENANZA Nº 2712

En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los ocho días del mes de julio de dos mil ocho.

VISTO: El Mensaje Nº 047/08 del Departamento Ejecutivo Municipal en cumplimiento de la Ley Nº 2756 Orgánica de Municipalidades y normas concordantes y modificatorias  y  la Ordenanza Nº 946/83 de Contabilidad que establecen el procedimiento referido al sistema de sanción del  Presupuesto General de Erogaciones y Cálculo de Recursos aplicable; y

CONSIDERANDO: Que la anterior gestión no cumplimentó en 2007 lo prescripto por la Ordenanza Nº 946/83 de Contabilidad en lo referente al envío en tiempo y forma del Proyecto de Presupuesto 2008,  y tampoco dejó a la nueva administración pautas ni elementos técnicos necesarios  para su elaboración,  encontrándose vigente a la fecha  el Presupuesto reconducido del año 2006,  por lo que resultó oportuno y necesario enviar al Concejo Municipal un Proyecto de norma presupuestaria específica para el ejercicio en curso.

POR TANTO
EL CONCEJO MUNICIPAL
DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA

PRESUPUESTO GENERAL DE EROGACIONES Y CÁLCULO DE RECURSOS EJERCICIO 2008

Art. 1º.- FÍJASE en la suma de Pesos Cincuenta y un millones novecientos veinticuatro mil setecientos tres ($ 51.924.703)  el total del Presupuesto General de Erogaciones de la Administración Municipal para el Ejercicio 2008, el cual se conforma de acuerdo al detalle que se desagrega analíticamente en los cuadros Nº 5, Nº 7, Nº 8, Nº 9, Nº 10, Nº 11, Nº 12, Nº 13, Nº 14, Nº 15 y Nº 16, contenidos en planillas anexas.

Art. 2º.- RESÉRVASE la suma de Pesos Novecientos Cincuenta y ocho mil trescientos cincuenta y uno ($ 958.351.-) para el ejercicio 2008 a los fines de atender las Erogaciones del Concejo Municipal, en cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución Nº 048 / 07 del Concejo Municipal, cuyos Considerandos y Parte Resolutiva en forma integral se considerarán  parte integrante de la presente Ordenanza.

Art. 3º.- ESTÍMASE en la suma de Pesos Cincuenta y un millones novecientos veinticuatro mil setecientos tres ($ 51.924.703), el Cálculo del Total Consolidado de Recursos más Financiamiento de la Administración Municipal para el ejercicio 2008, para atender las erogaciones a que se refieren los artículos 1º y 2º de la presente Ordenanza, de acuerdo al detalle que figura en los cuadros Nº 1, Nº 2, Nº 3 y Nº 4,  contenidos en planillas anexas.

Art. 4º.- Como consecuencia de lo establecido en los artículos precedentes,  formúlase un Presupuesto General de la Administración Municipal Equilibrado para el ejercicio 2008.

Art. 5.- Las cifras asignadas a nivel de partida principal de los cuadros anexos que forman parte de la presente Ordenanza, deben considerarse como nivel de aprobación legal, correspondiendo interpretar el detalle de los mismos con carácter indicativo, siendo su detalle el siguiente:

– Cuadro Nro. 1: Recursos Total Consolidado.
– Cuadro Nro. 2: Cuadro Analítico de Recursos Jurisdiccionales Propios.
– Cuadro Nro. 3: Cuadro Analítico de los Recursos de Capital y Financiamiento.
– Cuadro Nro. 4: Cuadro Analítico de los Recursos de Otras Jurisdicciones.
– Cuadro Nro. 5: Total de Erogaciones (comprende D.E.M.).
– Cuadro Nro. 6: Cuenta de Ahorro Inversión Financiamiento para la Administración Municipal.
– Cuadro Nro.7: Composición del Gasto por Nivel Institucional.
– Cuadro Nro. 8:  Clasificación Económica y Por Objeto del Gasto – Intendencia.
– Cuadro Nro. 9:  Clasificación Económica y Por Objeto del Gasto – Sec. de Gobierno y Cultura.
– Cuadro Nro. 10: Clasificación Económica y Por Objeto del Gasto – Sec. de Hacienda y Finanzas.
– Cuadro Nro. 11: Clasificación Económica y Por Objeto del Gasto – Sec. de Acción Social.
– Cuadro Nro. 12: Clasificación Económica y Por Objeto del Gasto – Sec. de Salud y Preservación del Medio Ambiente.
– Cuadro Nro. 13: Clasificación Económica y Por Objeto del Gasto – Sec. de Coordinación General.
– Cuadro Nro. 14: Clasificación Económica y Por Objeto del Gasto – Sec. de Obras y Servicios Públicos.
– Cuadro Nro. 15: Clasificación Económica y Por Objeto del Gasto – Obligaciones Generales de la Administración.
– Cuadro Nro. 16: Clasificación Económica y Por Objeto del Gasto – Concejo Municipal.
– Cuadro Nro. 17: Detalle de la planta del personal.

Art. 6.- Fíjase en setecientos catorce (714) el número total máximo de cargos de la planta de personal, abarcando personal permanente,  contratado, transitorio y de gabinete, excluido el Concejo Municipal,  de acuerdo al Cuadro Nº 17 incluido en planilla anexa y en un máximo de un mil cuatrocientas (1400), el número de horas cátedra mensuales correspondientes a la Administración Municipal. Autorízase al Departamento Ejecutivo a reasignar los cargos de la planta de personal entre las distintas jurisdicciones de su dependencia, así como a efectuar designaciones de personal no permanente utilizando disponibilidades presupuestarias originadas en cargos que se encontraren vacantes,  y a pasar a planta permanente a  personal contratado dentro de los límites fijados en este artículo para el total máximo de cargos.

Art. 7.- El Departamento Ejecutivo Municipal podrá disponer las reestructuraciones y modificaciones que se consideren necesarias de acuerdo a la Ordenanza 946/83 y a lo dispuesto en la presente Ordenanza.

Art. 8.- Las erogaciones a atender con fondos provenientes de Rentas Especiales, deberán ajustarse en su monto y oportunidad a las cifras recaudadas o cuya recaudación esté asegurada dentro del ejercicio.

Art. 9.- Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a modificar el Presupuesto General de Erogaciones incorporando las partidas específicas necesarias o incrementando las ya existentes,  en los siguientes casos:

a) Cuando deba realizar erogaciones originadas por la adhesión  disposiciones legales Nacionales o Provinciales de vigencia en el ámbito Municipal.

b) En caso de adecuaciones presupuestarias por fondos creados por Ordenanzas del Concejo Municipal.

c) En caso de una mayor recaudación de los Recursos correspondientes a Rentas Generales de la Administración Municipal.

Para dar cumplimiento a todo lo expuesto no podrá modificarse el Balance Financiero Preventivo.-

Art. 10.- DISPÓNESE en el supuesto de gastos remanentes de Rentas Especiales, que hayan sido cumplimentados los objetivos totales o anuales que motivaron su creación, que el Departamento Ejecutivo Municipal podrá disponer su empleo en otras actividades que crea convenientes,  comunicándolo al Concejo Municipal.

Art. 11.- AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo a transferir con libre disponibilidad la totalidad de los remanentes de las Rentas Especiales de ejercicios anteriores, al ejercicio 2008.  Asimismo, autorízase con carácter provisorio la imputación de todo tipo de gasto a los créditos presupuestarios disponibles de Rentas Especiales,  con la condición de posterior reversión a la partida  que correspondiere,  dentro del ejercicio.

Art. 12.- El presupuesto fijado en la presente Ordenanza incluye un crédito total de Pesos Cuatrocientos cincuenta mil ($ 450.000.-), en la jurisdicción Obligaciones Generales de la Administración – A Clasificar, con destino exclusivo a la atención de sentencias judiciales firmes que condenen a la Municipalidad al pago de una suma de dinero y que cuenten con liquidación cierta y aprobada y reconocimiento administrativo, constituyendo dicho crédito el límite máximo establecido para el pago de tales sentencias,  sujeto a las disponibilidades de los recursos.
ESTABLÉCESE que con la inclusión de la partida mencionada en el párrafo precedente se dan por cumplimentados por única vez, para el ejercicio presupuestario 2008, todos los procedimientos exigidos por la Ley N° 12.036 y/o aquella que la complemente o reemplace, para la atención de las sentencias en él descriptas.

Art. 13.- Durante el Ejercicio 2008 no se aplicará el sistema de Presupuesto Participativo, suspendiéndose su implementación.

Art. 14.- Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y dése al Registro Municipal.

SALA DE SESIONES, 8 DE julio de 2008.

Prof. Claudia Moyano
Presidenta
Concejo Municipal

Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal

María Angélica Meroi
Secretaria Administrativa
Concejo Municipal

Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número DOS MIL SETECIENTOS DOCE (2712).

San Lorenzo, 15 de Julio de 2008.

Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal

Dr. Gerardo Damián Canseco
Secretario de Gobierno y Cultura