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Ordenanzas

2748: Aprobación de convenio de colaboración entre el D.E.M. y Molinos Río de la Plata.

ORDENANZA Nº 2748

En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los dieciséis días del mes de setiembre del año dos mil ocho.

VISTO: El espacio público sito en Bv. Urquiza y calle Parente de nuestra ciudad denominado Plazoleta Sargento Cabral y terrenos municipales adyacentes; y

CONSIDERANDO: Que la empresa MOLINOS RÍO DE LA PLATA S.A. presentó en la Municipalidad de San Lorenzo un Proyecto de Padrinazgo del citado espacio verde a fines de ser enmarcado dentro del régimen de la Ordenanza N° 2478.
Que la Dirección de Parques y Paseos dependiente de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad dictaminó favorablemente acerca de dicha propuesta.
Que en consecuencia el Departamento Ejecutivo Municipal suscribió el correspondiente Convenio de Colaboración ad referéndum del Concejo Municipal, todo ello enmarcado en las disposiciones de la Ordenanza N° 2478 y bajo la condición de que se cumplimente con lo preceptuado por el artículo 39 inc. 8 de la Ley N° 2756 Orgánica de Municipalidades y de que el Concejo Municipal en la ordenanza respectiva determine la inclusión de dicho espacio verde como inmueble pasible de la aplicación del Programa para la Protección y/o Creación de Espacios Verdes establecido por Ordenanza N° 2478.
Que el Departamento Ejecutivo Municipal remitió a este Cuerpo dicho Convenio de Colaboración a sus efectos.
Que este Concejo Municipal considera que la propuesta del futuro Padrino lo compromete a realizar, sin costo alguno para la Municipalidad de San Lorenzo un conjunto de obras y trabajos en la “Plazoleta Sargento Cabral”, lo que redundará en beneficios para la comunidad.

POR TANTO
EL CONCEJO MUNICIPAL
DE LA  CIUDAD  DE SAN LORENZO
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA

Art. 1°.- Determínase la inclusión del espacio verde denominado Plazoleta Sargento Cabral y terrenos municipales adyacentes de la ciudad de San Lorenzo, sito en Bv. Urquiza y calle Parente, como inmueble pasible de la aplicación del Programa para la Protección y/o Creación de Espacios Verdes establecido por Ordenanza N° 2478.

Art. 2°.- Apruébese el Convenio de Colaboración suscripto entre el Departamento Ejecutivo Municipal y la empresa  MOLINOS RÍO DE LA PLATA S.A. en fecha 12 de Setiembre de 2008 en relación al Padrinazgo de dicha Plazoleta y terrenos municipales adyacentes.

Art. 3°.- Acéptase la donación de los bienes, infraestructura, instalaciones, equipamientos, materiales e insumos descriptos en el mencionado Convenio de Colaboración y/o que resulten necesarios para el cumplimiento del mismo, por la empresa citada, dándose así cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 39 inc. 8 de la Ley N° 2756 Orgánica de Municipalidades.

Art. 4°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y dése al Registro Municipal.

SALA DE SESIONES, 16 de setiembre de 2008.

Prof. Claudia Moyano
Presidenta
Concejo Municipal

Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal

María Angélica Meroi
Secretaria Administrativa
Concejo Municipal

Cúmplase, comuníquese y dése al Registro Municipal, bajo el número DOS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO (2.748).

San Lorenzo, 18 de septiembre de 2008.

Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal

Dr. Gerardo Damián Canseco
Secretario de Gobierno y Cultura