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Ordenanzas

2760: Autorización al D.E.M. a contratar por tres meses camiones para efectuar el riego de calles.

ORDENANZA Nº 2760

En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, Provincia de Santa Fe, a los siete días del mes de octubre del año dos mil ocho.

VISTO: El Mensaje 097 del Departamento Ejecutivo Municipal, de fecha 06 de octubre de 2008, Legajo Nº 19954 en el que se manifiesta la necesidad de contratar directamente camiones para efectuar el servicio de riego en calles de tierra de la ciudad de San Lorenzo.

CONSIDERANDO: Que presuntamente por el tipo de contratación y los montos de la misma, esos contratos no respetan los montos topes establecidos por los artículos 10 y 11 de la Ley 2756.
Que esta administración se mantiene firme al ideario republicano de sumisión al Estado de Derecho y por ello pone en conocimiento del Cuerpo esta situación, sin olvidar que estamos hablando de servicios públicos esenciales estrechamente relacionados con la salubridad y la seguridad pública y por ello el sometimiento al ordenamiento vigente no puede significar una negación de la prestación del servicio.
Que los montos por los que supuestamente se contrataría, implicaría sobrepasar los límites establecidos para la contratación directa, y ello nos coloca ante la selección de un contratista, para el que se necesita la sustanciación de un procedimiento prolongado.
Que al ser imprescindible contar con la prestación de esos servicios públicos para asegurar el funcionamiento de la Administración Municipal y que es ajustado a derecho contratar por mecanismos alternativos, previstos en la ley según lo establece el artículo 11 de la Ley Nº 2576, que corresponde que hasta que se tramite el proceso de contratación pertinente, solicitar autorización al Concejo Municipal para contratar directamente.
Que debe destacarse la urgencia del pedido que motiva al Concejo Municipal, pues es necesario adecuarse al estado de derecho sin violar los topes y modalidades establecidas en el artículo 10 y la metodología impuesta en el artículo 11, ambos de la Ley Nº 2756.
Que la contratación por la que se solicita autorización, redundará en la prestación de un mejor servicio, máxime teniendo en cuenta la proximidad del período estival.

POR TANTO
EL CONCEJO MUNICIPAL
DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA

Art. 1º.- FACÚLTASE Y AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a contratar en forma directa por el término máximo de tres meses camiones para efectuar el riego de calles de tierra de la ciudad de San Lorenzo, de acuerdo a lo manifestado en el Anexo 1 que forma parte de la presente.

Art. 2º.- Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y dese al Registro Municipal.

SALA DE SESIONES, 07 de octubre de 2008.

Prof. Claudia Moyano
Presidenta
Concejo Municipal

Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal

María Angélica Meroi
Secretaria Administrativa
Concejo Municipal

Cúmplase, comuníquese y dese al Registro Municipal, bajo el número DOS MIL SETECIENTOS SESENTA (2.760).

San Lorenzo, 09 de Octubre de 2008.

Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal

Dr. Gerardo Damián Canseco
Secretario de Gobierno y Cultura

ANEXO 1 – MENSAJE Nº 097

En virtud al Mensaje Nº 097 del 6 de Octubre, enviado al Concejo Municipal de la ciudad de San Lorenzo en relación al pedido de autorización de Contratación Directa de camiones regadores, debemos agregar como argumento que sustenta nuestra solicitud, la necesidad de contratar  cuatro camiones de forma urgente ya que dos de los propios están en reparación y además el tiempo que requiere el proceso licitatorio nos llevaría a acrecentar el conflicto que derivó en cortes de calles por el malestar de vecinos que padecen la falta de riego en las calles de tierra. Conociendo además las condiciones climatológicas que castigan esta zona y gran parte del país es necesario dar una respuesta inmediata.

En consecuencia a lo expresado y para abonar la información que seguramente necesitan los Concejales para la aprobación del Mensaje aludido, podemos agregar además que el importe de la hora de alquiler es de aproximadamente Pesos Cincuenta ($ 50.-) y si bien es necesario en un comienzo la contratación de cuatro camiones, quedará supeditado a las condiciones climatológicas por lo que no se puede fijar una cantidad de horas fijas. Si que el servicio se prestara de lunes a sábados y con el compromiso de que en el corto tiempo se procederá a la compra de dos unidades, ya que se está a la espera de la partida proveniente del “Fondo para la Construcción de Obras y Adquisición de Equipamiento y Rodados” (Ley Nº 12385), que hará reducir en forma inmediata la contratación de cantidad de horas necesarias para satisfacer la necesidad de los vecinos.

Descontando desde ya la buena predisposición de los Sres. Concejales para la pronta resolución del Mensaje aludido, lo que redundará en beneficio para los ciudadanos de San Lorenzo, aprovecho para saludarlos atentamente.

Prof. Claudia Moyano
Presidenta
Concejo Municipal

Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal

María Angélica Meroi
Secretaria Administrativa
Concejo Municipal