ORDENANZA Nº 2781 En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los diecinueve días del mes de noviembre del año dos mil ocho. VISTO: El Mensaje Nº 112 del Departamento Ejecutivo Municipal, legajo Nº 20066, en el que se hace referencia a la necesidad de continuar realizando las tareas de recolección de ramas y otros productos del desmalezamiento en la ciudad de San Lorenzo; y CONSIDERANDO: Que la Ordenanza Nº 2730/08 autorizó una prórroga de 60 días para continuar con la prosecución, renegociación, reconducción y/o prórroga de los contratos que se firmaron oportunamente y a contratar en forma directa los servicios vinculados a la POR TANTO Art. 1º.- Hasta que culmine el proceso de contratación en trámite que corresponde a la recolección de ramas y otros productos del desmalezamiento en la ciudad de San Lorenzo, FACÚLTASE Y AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a la prosecución, renegociación, reconducción y/o prórroga de los contratos que a los mismos efectos se firmaron oportunamente y/o contratar en forma directa, la recolección de malezas y los servicios vinculados al mismo, tendientes a asegurar el correcto funcionamiento de los servicios específicos que presta el Municipio. Art. 2º.- Para lo dispuesto en el artículo 1º se otorga un plazo de sesenta (60) días a partir del vencimiento del plazo otorgado por la Ordenanza Nº 2730/08. Art. 3º.- En caso de registrarse modificaciones en los valores de los contratos de acuerdo a lo pactado originariamente, éstos no podrán superar el veinte por ciento (20%) de lo contratado actualmente. Art. 4º.- Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y dése al Registro Municipal. SALA DE SESIONES, 19 de noviembre de 2008. Prof. Claudia Moyano Prof. Silvia B. Alvarez María Angélica Meroi Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número DOS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y UNO (2.781). San Lorenzo, 19 de Noviembre de 2008. Dr. Leonardo Raimundo Dr. Gerardo Damián Canseco |