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Ordenanzas

2796: Aprobación de la realización de asfalto en calle Saavedra entre L. Borghi y Rosario.

ORDENANZA Nº 2796

En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los veintitrés días del mes de diciembre del año dos mil ocho.

VISTO: El Mensaje Nº 130 del Departamento Ejecutivo Municipal, legajo Nº 20172,  en el que se hace referencia a la necesidad de la aprobación por parte de este Cuerpo de una Ordenanza para la realización de la obra de carpeta asfáltica y dos reductores de velocidad en la calle Saavedra, entre Luís Borghi y Rosario.
Que mediante Ordenanza Nº 2719/08 se abrió un Registro de Oposición para los frentistas beneficiados por la realización de carpeta asfáltica en la calle Saavedra, entre Luís Borghi y Rosario.
Que cada vecino fue notificado en el mes de agosto en lo referente al Registro de Oposición de la Ordenanza 2719/08 de la descripción de las tareas a realizar de replanteo carpeta asfáltica y reductores de velocidad, y recibió también una planilla de costo estimado de la obra para cada frentista en función de las tareas a realizar, y se les dieron opciones para pagar al contado, o bien en planes desde cinco hasta treinta cuotas; y

CONSIDERANDO: Que los vecinos frentistas de calle Saavedra, entre Luís Borghi y Rosario, se notificaron del costo estimado de la obra, y que los montos, reales surgirían de la Licitación Pública que se tramitaría para la provisión y colocación del concreto asfáltico.
Que mediante Licitación Pública Nº 06/08 y Decreto Nº 454/08 se le adjudicó a RV Obras y Servicios S.A. la provisión, colocación, compactación y riego de liga de 1.800 Mts.2 de carpeta asfáltica en caliente, para la calle Saavedra en el tramo ya mencionado.
Que corresponde notificar a los vecinos frentistas sobre el costo real de la obra, conforme a la planilla que se adjunta como Anexo 1 de la presente Ordenanza, como así también que deben concurrir al Departamento de Rentas Inmobiliarias de la Municipalidad de San Lorenzo para gestionar el pago de la contribución de mejoras correspondiente al 50 % a cargo de los vecinos, ya que en cuanto al otro 50 % que tiene como frente al Polideportivo Municipal, corresponde que se haga a cargo de la propia Municipalidad de San Lorenzo.

POR TANTO
EL CONCEJO MUNICIPAL
DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA

Art. 1º.- Apruébase la realización de carpeta asfáltica y dos reductores de velocidad en la calle Saavedra, entre Luís Borghi y Rosario, conforme con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, Art. 39, Inc. 30 y con las especificaciones técnicas y montos de la Licitación Pública Nº 06/08, adjudicada por Decreto Nº 454/08, ratificándose lo actuado por el Departamento Ejecutivo Municipal al respecto.

Art. 2º.- Establécese que los frentistas involucrados quedan incorporados para el pago de las contribuciones de mejoras a los planes de pago incluidos en el Anexo 1, de la presente Ordenanza.

Art. 3º.- Impútese los gastos de la obra de realización de concreto asfáltico en la calle Saavedra, entre Luís Borghi y Rosario, a las partidas presupuestarias correspondientes del Ejercicio 2008.

Art. 4º.- Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y dése al Registro Municipal.

SALA DE SESIONES, 23  de diciembre de 2008.

Prof. Claudia Moyano
Presidenta
Concejo Municipal

Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal

María Angélica Meroi
Secretaria Administrativa
Concejo Municipal

Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número DOS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS (2.796).

San Lorenzo, 29 de Diciembre de 2008.

Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal

Dr. Gerardo Damián Canseco
Secretario de Gobierno y Cultura