ORDENANZA Nº 2806 En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los treinta días del mes de diciembre del año dos mil ocho. VISTO: Que la Ordenanza Nº 2248 autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar por compra directa los insumos necesarios para la atención de los Comedores Comunitarios, estableciendo además que la rendición de fondos debe realizarlo la Secretaría de Acción Social ante la Secretaría de Hacienda y Finanzas; y CONSIDERANDO: Que dicha Ordenanza dispone además enviar las rendiciones de Cuentas en forma mensual de lo actuado al Concejo Municipal, no debiendo introducir dichas rendiciones en forma anual como lo establece la normativa vigente. POR TANTO Art. 1º.- Derógase el Art. 3º de la Ordenanza 2248. Art. 2º.- Ratifícase lo actuado por el Departamento Ejecutivo Municipal en materia de adquisición de mercaderias necesarias para la atención de los Comedores Comunitarios desde el 10 de diciembre de 2007 hasta la fecha de sancionada la presente Ordenanza. Art. 3º.- Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y dése al Registro Municipal. SALA DE SESIONES, 30 de diciembre de 2008. Prof. Claudia Moyano Prof. Silvia B. Alvarez María Angélica Meroi Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número DOS MIL OCHOCIENTOS SEIS (2.806). San Lorenzo, 06 de Enero de 2009. Prof. Claudia Moyano Dr. Gerardo Damián Canseco |