Skip to main content
Ordenanzas

2810: Autorización al D.E.M. a contratar por un año el servicio de recolección de ramas.

ORDENANZA Nº 2810

En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los dos  días del mes de febrero del año dos mil nueve.

VISTO: El Mensaje Nº 004 del Departamento Ejecutivo Municipal, legajo Nº 20234 de fecha 16 de enero de 2009 en el que se manifiesta haber procedido efectuar dos llamados correspondientes a la Licitación Pública Nº 009/08 para la contratación del Servicio de Recolección de Ramas y otros Residuos del Desmalezamiento, Transporte y Disposición del material; y

CONSIDERANDO: Que ambos llamados a Licitación Pública Nº 009/08  han sido declarados desiertos.
Que el primeros de ellos ha sido así declarado en fecha 1 de diciembre de 2008 por Decreto Nº 481 por considerarse, según informe de fecha 27 de noviembre de 2008 de la Dirección General de Administración y respecto de los bienes presentados por la única firma que presentó una propuesta (“CST” de Mauro Moretto con domicilio en calle Avenida San Martín Nº 3010 de la ciudad de San Lorenzo), insuficiente para afrontar las contingencias derivadas de la posible adjudicación de la Licitación Pública Nº 009/08, y en lo referente al inmueble a ser utilizado para la disposición final, el único oferente presentó documentación de la Secretaría de Estado y Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable de Santa Fe que a opinión de la Dirección de Administración acreditarían el cumplimiento parcial de algunos requisitos para ser considerado terreno apto para la disposición final, pero no aportó un certificado final.
Que en el segundo llamado a Licitación Pública Nº 009/08 se presentó una sola oferta, la de la firma “Black Multiservicios” de Domingo Lanche, con domicilio en calle Jujuy 555 de la ciudad de Puerto General San Martín, la cual al momento de apertura de sobres el día 26 de diciembre presentó una propuesta superior al Presupuesto Oficial en 11,52 % (once con cincuenta y dos por ciento), motivo por el cual se declaró desierto el referido llamado a licitación en fecha 8 de enero de 2009 según Decreto Nº 007.
Que es importante aclarar que con anterioridad a la Licitación Pública Nº 009/08 se llevaron a cabo dos llamados bajo el Nº 002/08 que fueron declarados desiertos por Decreto Nº 247 de fecha 21 de julio de 2008 y Nº 319 de fecha 2 de setiembre de 2008.
Que debemos dejar sentado que el Departamento Ejecutivo Municipal está habilitado para realizar una contratación de la modalidad que se requiere una vez que se han sustanciado dos llamados de un mismo procedimiento licitatorio; a pesar de ello, debido a lo arriba señalado, y teniendo en cuenta la magnitud del contrato y la urgencia e importancia de garantizar la adecuada prestación del servicio público de que se trata, creemos necesario que la decisión sea avalada por las autoridades que componen la Municipalidad de San Lorenzo.

POR TANTO
EL CONCEJO MUNICIPAL
DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA

Art. 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a contratar en forma directa, en los términos del Art. Nº 11 de la Ley Nº 2756 Orgánica de Municipalidades, con la firma “Black Multiservicios” de Domingo Lanche con domicilio en calle Jujuy 555 de la ciudad de Puerto General San Martín, el Servicio de Recolección de Ramas y otros Residuos del Desmalezamiento, Transporte y Disposición del material, por el plazo de un (1) año comenzado a contar desde la fecha de iniciación del servicio; con un monto de Pesos Tres Millones Trescientos Cuarenta y Cinco Mil Seiscientos Quince con 24/100 ($ 3.345.615,24), manteniéndose las demás condiciones generales y particulares establecidas en los Pliegos y Anexos, aprobados por Ordenanza Nº 2694 sancionada en fecha 3 de junio de 2008.

Art. 2º.- Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y dése al Registro Municipal.

SALA DE SESIONES, 2  de febrero de 2009.

Prof. Claudia Moyano
Presidenta
Concejo Municipal

Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal

Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número DOS MIL OCHOCIENTOS DIEZ (2.810).

San Lorenzo, 06 de Febrero de 2009.

Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal

Dr. Gerardo Damián Canseco
Secretario de Gobierno y Cultura