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Ordenanzas

2819: Autorización al D.E.M. a adjudicar la Lic. pub. Nº 010/09 a Grumaq S.R.L.

ORDENANZA Nº 2819

En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los treinta y un días del mes de marzo del año dos mil nueve.

VISTO: El Mensaje Nº 017 del Departamento Ejecutivo Municipal, legajo Nº 20346, en el que se informa la Licitación Pública Nº 010/09 destinada a la adquisición de una pala cargadora frontal marca CASE W 20 o similar (unidad nueva 0 Km), por un monto de $ 422.260,00; y

CONSIDERANDO: Que el llamado a la mencionada Licitación fue dispuesto por Decreto Nº 096 del 23 de febrero de 2009, según el pliego general de condiciones y especificaciones técnicas que en copia integran la presente.
Que en el acto de apertura de sobres realizado el día 20 de marzo de 2009, se formalizó la presentación de dos ofertas, a cargo de las firmas COVEMA SACIF por $ 348.202.- y GRUMAQ SRL por $ 463.440.-
Que la oferta correspondiente a la firma COVEMA SACIF no se ajusta a las especificaciones técnicas requeridas por ofrecer un equipo marca New Holland con potencia de motor inferior a la requerida (123 HP contra las 150/135 HP requeridos), servicio técnico fuera del área especificada (en Pilar, pcia de Buenos Aires, y no 40 Km como fue requerido) y sin articulación pívot central.
Que la oferta presentada por la firma GRUMAQ SRL, si bien se ajusta adecuadamente a las especificaciones requeridas, excede su cotización en la suma de $ 41.180 en relación al presupuesto de la licitación.
Que esa diferencia (aproximadamente un 10 %) obedece a la variación de la cotización del dólar estadounidense registrada en los últimos 30 días (desde el llamado hasta la presentación de ofertas), en razón de tratarse de equipos importados.
Que en caso de ser declarada desierta la Licitación, un nuevo llamado con idéntico monto presupuestado traería consigo el fracaso del mismo.
Que las funciones del equipamiento que se pretende adquirir resultan de urgente cumplimiento.
Que el gasto correspondiente es financiado con el Fondo para la Construcción de Obras y Adquisición de Equipamiento y Rodados (Ley Provincial Nº 12.385), cuya utilización resulta necesaria para el mejoramiento de los servicios que presta este Municipio.
Que cualquier demora de este trámite implica mayores erogaciones para el Municipio.
Que todo ello implica solicitar al Concejo Municipal la autorización para adjudicar la Licitación referida a la empresa GRUMAQ SRL por la cotización ofrecida.

POR TANTO
EL CONCEJO MUNICIPAL
DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA

Art. 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a adjudicar la Licitación Pública Nº 010/09 a la firma GRUMAQ SRL por la suma de $ 463.440 (cuatrocientos sesenta y tres mil cuatrocientos cuarenta pesos), por los motivos indicados en los considerandos de la presente.

Art. 2º.- Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y dése al Registro Municipal.

SALA DE SESIONES, 31 de marzo de 2009.

Prof. Claudia Moyano
Presidenta
Concejo Municipal

María Angélica Meroi
Secretaria Administrativa
Concejo Municipal

Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal

Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número DOS MIL OCHOCIENTOS DIECINUEVE (2.819).

San Lorenzo, 3 de Abril de 2009.

Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal

Dr. Gerardo Damián Canseco
Secretario de Gobierno y Cultura