ORDENANZA Nº 2823 En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los siete días del mes de abril del año dos mil nueve. VISTO: La culminación de las Obras de Defensa de Barrancas en el tramo comprendido entre las calles Boulevard Urquiza al Sur y Santos Palacios al Norte; y CONSIDERANDO: Que dicha obra incluye calzada, paralela al Río Paraná, que es apta para la circulación de vehículos. POR TANTO Art. 1º.- Establécese que la circulación vehicular en la calzada construida en el predio adyacente al río Paraná, comprendido entre la prolongación de las calles Bv.Urquiza y Santos Palacios, hacia el Este, será únicamente de lunes a viernes en el horario de 8 a 18 horas, exceptuando los días feriados que quedarán comprendidos en lo establecido en el artículo 2º, siendo la velocidad máxima de circulación permitida de 20 Km/h. Art. 2º.- Prohíbase la circulación de vehículos en la zona detallada en el artículo precedente, durante las veinticuatro horas de los días sábados, domingos y feriados, y a partir de las 18 hs de lunes a viernes hasta las 8 hs. del día siguiente. Art. 3º.- En el ingreso a dicha arteria, entendiéndose por ésta a la bajada que es continuación hacia el Este de calle Bv. Urquiza, establécese la colocación de los siguientes sistemas de señalización: 1- Barrera permanente y fija limitando altura para vehículos a 2,10 metros. Art. 3º.- Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y dése al Registro Municipal. SALA DE SESIONES, 7 de abril de 2009. Prof. Claudia Moyano María Angélica Meroi Prof. Silvia B. Alvarez Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número DOS MIL OCHOCIENTOS VEINTITRES (2.823). San Lorenzo, 17 de Abril de 2009. Dr. Leonardo Raimundo Dr. Gerardo Damián Canseco |