ORDENANZA Nº 2827 En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los veintiocho días del mes de abril del año dos mil nueve. VISTO: El Mensaje Nº 027/09 del Departamento Ejecutivo Municipal, legajo Nº 20416, el cual hace mención a la necesidad de llegar a un acuerdo con la Dirección Provincial de Vialidad para lo cual esta Municipalidad se compromete a ejecutar la OBRA: Construcción de Cordón Cuneta, Bocacalle y Estabilizado con Escoria de la localidad de San Lorenzo, durante el ejercicio del año 2009, de acuerdo al Cómputo y Presupuesto realizado por Vialidad; y CONSIDERANDO: Que los términos del Convenio y el Presupuesto ofrecido por la Dirección Provincial de Vialidad para el pago de las obras a realizar por la Municipalidad son razonables y compensan las inversiones a su cargo. POR TANTO Art. 1º.- Apruébase la formalización de un Convenio entre esta Municipalidad y la Dirección Provincial de Vialidad para lo cual esta Municipalidad se compromete a ejecutar la OBRA: Construcción de Cordón Cuneta, Bocacalle y Estabilizado con Escoria de la localidad de San Lorenzo durante el ejercicio del año 2009, de acuerdo al Cómputo y Presupuesto realizado por la Dirección Provincial de Vialidad, según Anexo I. Art. 2º.- Autorízase al Intendente Municipal de la ciudad de San Lorenzo, Dr. Leonardo Raimundo, D.N.I. Nº 17.826.472, a suscribir el respectivo Convenio como también a realizar todos los actos necesarios para el cumplimiento del mismo y la percepción del monto establecido. Art. 3º.- Apruébase la inversión que deberá realizar la Municipalidad de acuerdo a la Ley Nº 2756. Art. 4º.- Autorízase a la Dirección Provincial de Vialidad a afectar los fondos de Coparticipación que le correspondan a la Municipalidad de San Lorenzo, a fin de resarcirse de los perjuicios que le pudiera ocasionar el incumpliendo del Convenio. Art. 5º.- Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y Dese al Registro Municipal. SALA DE SESIONES, 28 de abril de 2009. Prof. Claudia Moyano María Angélica Meroi Prof. Silvia B. Alvarez Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número DOS MIL OCHOCIENTOS VEINTISIETE (2.827). San Lorenzo, 04 de Mayo de 2009. Dr. Leonardo Raimundo Dr. Gerardo Damián Canseco EL ANEXO Y/O CONVENIO QUE MENCIONA LA PRESENTE ORDENANZA SE ENCUENTRA A DISPOSICIÓN PARA SER CONSULTADO EN LA SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS. |