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Ordenanzas

2828: Modificación del art. 85 inc. e) apartado 2 de la Ord. Nº 1835

ORDENANZA Nº 2828

En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los veintiún días del mes de abril del año dos mil nueve.

VISTO: El Mensaje Nº 021/09 del Departamento Ejecutivo Municipal, legajo 20394, en el que se adjunta la Resolución Nº 004 que observa totalmente la Ordenanza sancionada por este Cuerpo en fecha 7 de abril de 2009.
La Ordenanza Impositiva Anual Nº 1835 (texto vigente) y las modificaciones efectuadas por Ordenanza Nº 2793 del 23 de diciembre de 2008; y

CONSIDERANDO: Que el art. 85º inc. e) apartado 2 de la mencionada Ordenanza establece en $ 75 el monto a abonar por derecho de cementerio en el caso de trabajos de albañilería y/o pintura a realizarse en panteones, y los denomina “trabajos mayores”.
Que el inciso e) del mencionado artículo en su apartado 3, también se refiere a trabajos “mayores”, gravando los mismos con el 10 % del monto cobrado al contribuyente.
Que resulta entonces evidente que el apartado 2 es de aplicación a los trabajos “menores” de albañilería y/o pintura, por lo que resulta necesario corregir dicha disposición en tal sentido.
Que, por otra parte, el art. 99º de la Ordenanza Impositiva Anual, dispone abonar por arrendamiento por 10 (diez) años de nichos dobles de primera fila en la sección 19, un monto de $ 1.100 para nichos con lápida, y de $ 900 para nichos sin lápida.
Que el incremento dispuesto por la Ordenanza Nº 2793 para los mencionados conceptos, que elevó los importes de $ 700 y $ 600 a los $ 1100 y $ 900, respectivamente, no resulta equitativo en relación a incrementos ordenados para los arrendamientos simples previstos en el mismo artículo.
Que, en consecuencia, a fin de conservar la proporcionalidad en los valores de arrendamiento para nichos simples y dobles, estos últimos deben abonar la suma de $ 1400 (con lápida) y $ 1200 (sin lápida).

POR TANTO
EL CONCEJO MUNICIPAL
DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA

Art. 1º.-  Modifícase el art. 85º inc. e) apartado 2 de la Ordenanza Nº 1835, Ordenanza Impositiva Anual, texto vigente, el que quedará redactado de la siguiente manera: “2. Panteones (trabajos menores) $ 75,00.

Art. 2º.- Modifícase el tercer párrafo del art. 99º de la Ordenanza Nº 1835, Ordenanza Impositiva Anual, texto vigente, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Los nichos dobles de primera fila en la sección 19 (diecinueve): Con lápida $ 1400; Sin lápida $ 1200”.

Art. 3º.- Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y dése al Registro Municipal.

SALA DE SESIONES, 21  de abril de 2009.

Prof. Claudia Moyano
Presidenta
Concejo Municipal

María Angélica Meroi
Secretaria Administrativa
Concejo Municipal

Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal

Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número DOS MIL OCHOCIENTOS VEINTIOCHO (2.828).

San Lorenzo, 04 de Mayo de 2009.

Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal

Dr. Gerardo Damián Canseco
Secretario de Gobierno y Cultura