ORDENANZA Nº 2835 En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los doce días del mes de mayo del año dos mil nueve. VISTO: La nota presentada por Mesa de Entrada de este Concejo Municipal, del Centro de Jubilados y Pensionados Docentes Provinciales, firmado por su Presidente Stella Romegialli, solicitando la exención de la Tasa General de Inmuebles legajo N° 20358; y CONSIDERANDO: Que la Comisión Directiva Del Centro de Jubilados y Pensionados Docentes Provinciales “Acción y Perseverancia” presenta Personería Jurídica N° 152/00; por Resolución N° 152 del 13-03-2000 emitida por Inspección General de Personas Jurídicas de la Fiscalía de Estado, con aprobación de su estatuto, bajo expediente 31411/99. POR TANTO Art. 1º: Otórguese la exención del pago de la Tasa General de Inmueble al Centro de Jubilados y Pensionados Docentes Provinciales “Acción y Perseverancia” por el terreno y lo edificado sobre calle San Carlos 2228, ubicado en Manzana 75 B-Sección 1-Grafico 27 entre las calles San Carlos, Berón de Astrada; Sargento Cabral, y José Ingenieros, Cuenta Municipal N° 1.069.002. Art. 2º: La presente exención deberá ser renovada bianualmente por la entidad beneficiaria. Art .3º: Envíese copia de la presente ordenanza a la citada entidad beneficiada. Art. 4º: Los gastos que demanden la presente se incorporen a las partidas presupuestarias correspondientes. Art. 5º: Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y dése al Registro Municipal. SALA DE SESIONES, 12 de mayo de 2009. Prof. Claudia Moyano María Angélica Meroi Prof. Silvia B. Alvarez Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número DOS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO (2.835). San Lorenzo, 20 de Mayo de 2009. Dr. Leonardo Raimundo Dr. Gerardo Damián Canseco |