ORDENANZA Nº 2842 En la Ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los dos días del mes de junio del año dos mil nueve. VISTO: Que en la Av. Dorrego a la altura de las calles José Ingenieros y Berón de Astrada existe una separación de las dos vías de circulación de la calle Av. Dorrego, que es conocida como la rotonda Dorrego (aunque no sea una rotonda, marca un cambio de dirección para el ingreso desde Av. Dorrego hacia Berón de Astrada con dirección de Este a Oeste); y CONSIDERANDO: Que el ingreso desde Av. Dorrego hacia Berón de Astrada se realiza en la mayoría de los casos a gran velocidad porque la separación del cantero central de Av. Dorrego termina a una distancia demasiado larga y deja mucho espacio entre su terminación y la línea de edificación lado Sur de calle Berón de Astrada, lo que permite el giro a la izquierda de vehículos de todo tipo a gran velocidad desde Av. Dorrego para ingresar a calle Berón de Astrada, con el peligro que ello significa para los vecinos de ese lugar para el cruce de la arteria últimamente mencionada. POR TANTO Art. 1°.- Dispónese la prolongación del cantero central de Av. Dorrego entre calles José Ingenieros y Berón de Astrada (lado Norte) hasta la línea de edificación Sur de la calle Berón de Astrada, con la construcción de un cordón (tipo cordón cuneta) con la señalización vertical y horizontal correspondiente, con el fin de evitar el giro a gran velocidad desde Av. Dorrego hacia el Oeste por calle Berón de Astrada y que a futuro el giro se realice a menor velocidad para seguridad de los transeúntes de esta zona muy poblada. Art. 2°.- Dispónese la prolongación del cantero central de Av. Dorrego entre calles José Ingenieros y Berón de Astrada (lado Sur) hasta la línea de edificación Norte de la calle José Ingenieros, con la construcción de un cordón que termine en la zona cercana al centro de calzada de Av. Dorrego (tipo cordón cuneta) con la señalización vertical y horizontal correspondiente, con el fin de evitar el paso en contramano de Sur a Norte por Av. Dorrego y el giro de Av. Dorrego hacia el Oeste por calle Berón de Astrada, para seguridad de los transeúntes de esta zona muy poblada, por la inesperada presencia de algún vehículo en contramano. Art. 3°.-Los gastos que demande la aplicación de la presente, serán comprometidos e imputados a través de la Dirección General de Contaduría, a las Partidas Presupuestarias respectivas. Art. 4°.- Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y dese al Registro Municipal. SALA DE SESIONES, 2 de junio de 2009. Prof. Claudia Moyano María Angélica Meroi Prof. Silvia B. Alvarez Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número DOS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS (2.842). San Lorenzo, 09 de Junio de 2009. Dr. Leonardo Raimundo Dr. Gerardo Damián Canseco |