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Ordenanzas

2847: Autorización al D.E.M. a realizar tareas de bacheo.

ORDENANZA Nº 2847

En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los nueve días del mes de junio del año dos mil nueve.

VISTO: La necesidad de proceder a realizar inmediatas tareas de mantenimiento y/o reparación y/o bacheo de distintas arterias de nuestra ciudad; y

CONSIDERANDO: Que mediante Acta Acuerdo firmada entre la Municipalidad de San Lorenzo y la empresa DYCASA S.A. en fecha 13 de mayo de 2008, aprobada mediante Ordenanza N° 2693 (promulgada en fecha 2 de Junio de 2008), la citada empresa se comprometió a realizar tareas de perfilado, recompactación de estabilizado granular, ejecución de carpeta asfáltica en caliente, estabilizado granular, reparaciones y bacheo con mezcla asfáltica en caliente, reparación de cordones cuneta existentes, reconstrucción de calzadas y repavimentación con mezcla asfáltica en caliente de distintas calles de los barrios Bouchard, Rivadavia, Villa Felisa y José Hernández.
Que a la fecha la mencionada empresa aún no ha cumplimentado con lo dispuesto en dicha Acta Acuerdo.
Que sin menoscabo de la vigencia y futuro cumplimiento total o parcial de lo estipulado en esa Acta Acuerdo o de las acciones que correspondieren en lo ulterior, es menester proceder por razones de urgencia que hacen a la seguridad vial, a realizar tareas de reparaciones, bacheo con material asfáltico, perfilado, recompactación y/o estabilizado granular en las calles correspondientes descriptas en la cláusula PRIMERA de dicha Acta Acuerdo.

POR TANTO
EL CONCEJO MUNICIPAL
DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA

Art. 1°.- AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal, por razones de urgencia que hacen a la seguridad vial, a realizar tareas de reparaciones, bacheo con material asfáltico, perfilado, recompactación y/o estabilizado granular en las calles correspondientes descriptas en la cláusula PRIMERA del Acta Acuerdo firmada entre la Municipalidad de San Lorenzo y la empresa DYCASA S.A. en fecha 13 de mayo de 2008, aprobada mediante Ordenanza N° 2693, todo ello sin perjuicio de la vigencia de la citada Acta Acuerdo.

Art. 2°.- AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar las modificaciones presupuestarias necesarias a los fines de posibilitar el cumplimiento de la presente.

Art. 3°.- IMPÚTENSE los gastos que demande el cumplimiento de la presente a las partidas presupuestarias correspondientes.

Art. 4°.- Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y dése al Registro Municipal.

SALA DE SESIONES, 9 de junio de 2009.

Prof. Claudia Moyano
Presidenta
Concejo Municipal

María Angélica Meroi
Secretaria Administrativa
Concejo Municipal

Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal

Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número DOS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE (2.847).

San Lorenzo, 16 de Junio de 2009.

Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal

Dr. Gerardo Damián Canseco
Secretario de Gobierno y Cultura