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Ordenanzas

2849: Autorización al D.E.M. para aprobar apertura de zanja y otras obras a Vicentín S.A.I.C.

ORDENANZA Nº 2849

En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los dieciséis  días del mes de junio del año dos mil nueve.

VISTO: El Mensaje Nº 038 del Departamento Ejecutivo Municipal, legajo Nº 20485, en el que se hace referencia a la solicitud formulada por la empresa COEMYC S.A. mediante Nota ingresada en fecha 06/05/09 por Mesa General de Entradas y Salidas y registrada bajo Expediente Nº 1305-c-09; y

CONSIDERANDO: Que en dicha nota se formula un pedido de autorización de trabajos para la ejecución del nuevo servicio de gas para la planta de Vicentin SAIC.
Que dichos trabajos serán realizados en la zona sureste de la ciudad sobre calle Amato Cittadini entre Ruta A0 12 y Scapigliatti.
Que el proyecto mencionado para los trabajos solicitados ha sido aprobado técnicamente por Litoral Gas. S.A.
Que para homologar criterios se reitera el procedimiento de aprobación aceptado y realizado para casos similares en los años 2007 y 2008.
Que para ilustrar el mencionado pedido se adjunta fotocopia de la Nota mencionada y del Plano Nº S-1 Proyecto P/SL/08/083 realizado por la empresa Litoral Gas S.A.

POR TANTO
EL CONCEJO MUNICIPAL
DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA

Art. 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal para que por intermedio de la autoridad competente –Secretaría de Obras y Servicios Públicos-  apruebe la apertura de la zanja y ejecución de trabajos relativos al nuevo servicio de gas para la planta de Vicentin SAIC, desde el gasoducto existente que pasa por el costado Oeste de calle Amato Cittadini, a 2,10 metros de la línea municipal que coincide con el límite de la zona de vías, a la altura del ramal ferroviario que ingresa a la planta de Vicentin SAIC y que con una longitud de 27,50 metros cruza con una cañería de 8” (ocho pulgadas) la calle Amato Cittadini, hasta la cámara que dicha planta posee en inmediaciones de la línea de edificación Este, Expediente Nº 1305-C-09 de la Municipalidad de San Lorenzo; con trazas realizadas en un  todo de acuerdo al Plano Nº S-1 Proyecto P/SL/08/083 aprobado por Litoral Gas S.A.

Art. 2º.- La Municipalidad de San Lorenzo no será responsable de la seguridad en relación a las obras mencionadas en el artículo 1º así como tampoco de las tareas de mantenimiento, señalización permanente y control del estado de dichas obras, todo lo cual quedará bajo la exclusiva responsabilidad de Litoral Gas S.A. Dispónese que toda eventual violación por parte de Litoral Gas S.A. a intereses difusos y/o de cualquier naturaleza o causa debidamente acreditada, ocasionados a los vecinos y/o parte y/o toda la comunidad de San Lorenzo y/o zonas aledañas de cualquier otro municipio y/o eventuales daños y perjuicios ocasionados con motivo de ellos, será exclusiva responsabilidad de la empresa, como consecuencia de los derechos y obligaciones emergentes de las leyes marco que rigen la materia, tanto nacionales como provinciales y/u Ordenanzas Municipales, quedando por lo tanto la Municipalidad de San Lorenzo o cualquiera de sus órganos e integrantes en forma personal, liberados de cualquier responsabilidad de cualquier índole, directa o indirecta, mediata o inmediata.

Art. 3º.- Los proyectos correspondientes a las obras deberán cumplimentar con todo lo dispuesto por las normas vigentes para el transporte y distribución de gas natural en cuanto a los requisitos de diseño, construcción, operación y mantenimiento de las tuberías de construcción y sus instalaciones conexas. La ejecución de las obras deberá ajustarse a las reglamentaciones de seguridad vigentes en la materia.

Art. 4º.- Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y dése al Registro Municipal.

SALA DE SESIONES, 16  de junio de 2009.

Prof. Claudia Moyano
Presidenta
Concejo Municipal

María Angélica Meroi
Secretaria Administrativa
Concejo Municipal

Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal

Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número DOS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y NUEVE (2.849).

San Lorenzo, 24 de Junio de 2009.

Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal

Dr. Gerardo Damián Canseco
Secretario de Gobierno y Cultura