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Ordenanzas

2851: Aprobación de convenio entre la Municipalidad y la prov. de Santa Fe el 29 de mayo de 2009.

ORDENANZA Nº 2851

En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los veintitrés días del mes de junio del año dos mil nueve.

VISTO: El Mensaje Nº 039 del Departamento Ejecutivo Municipal, legajo 20510, en el que hace referencia al Convenio firmado entre la Municipalidad de San Lorenzo y la Provincia de Santa Fe en fecha 29 de mayo de 2009; y

CONSIDERANDO: Que dicho Convenio tiende a la transferencia del dominio y al otorgamiento en comodato por el plazo de veinticinco (25) años, todo ello a favor de la Municipalidad de San Lorenzo, de distintos solares ubicados en la Manzana 74, Sección 1, Zona C de la ciudad de San Lorenzo, con destino a espacios verdes abiertos al uso y goce de toda la población.
Que lo acordado en dicho Convenio viene a resolver una compleja cuestión de vieja data, a cumplir un anhelo de los vecinos de la zona, a incorporar valiosos inmuebles al patrimonio de la Municipalidad de San Lorenzo y a sumar nuevos espacios verdes en una ciudad que los necesita imperiosamente.

POR TANTO
EL CONCEJO MUNICIPAL
DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA

Art. 1º.- Apruébase en todos sus términos el Convenio celebrado entre la Municipalidad de San Lorenzo y la Provincia de Santa Fe en fecha 29 de mayo de 2009.

Art. 2º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar tareas de forestación, instalación de columnas y luminarias, bancos y cestos de residuos sobre las calzadas de las calles Bv. Sargento Cabral, Santiago del Estero y Berón de Astrada, y de construcción y/o mejoramiento de veredas circundantes correspondientes a las fracciones de terreno objeto del Convenio citado en el artículo 1º de la presente.

Art. 3º.-  Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal iniciar a la brevedad las gestiones para arribar a un pronto acuerdo con la Asociación Vecinal Barrio Del Combate a los efectos de abonarle a esta, los montos correspondientes a su derecho emanado en su carácter de denunciante de herencia vacante de los terrenos objeto de la presente.

Art. 4º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar las modificaciones presupuestarias necesarias a los efectos de dar cumplimiento al citado Convenio y a la presente.

Art. 5º.- Impútense los gastos que demande el cumplimiento de las disposiciones de dicho Convenio y de la presente a las partidas presupuestarias correspondientes.

Art. 6º.- Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y dése al Registro Municipal.

SALA DE SESIONES, 23 de junio de 2009.

Prof. Claudia Moyano
Presidenta
Concejo Municipal

María Angélica Meroi
Secretaria Administrativa
Concejo Municipal

Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal

Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UNO (2.851).

San Lorenzo, 02 de Julio de 2009.

Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal

Dr. Gerardo Damián Canseco
Secretario de Gobierno y Cultura