ORDENANZA Nº 2861 En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los dieciocho días del mes de agosto del año dos mil nueve. VISTO: Que el acostumbramiento y la facilidad que genera en algunos habitantes o circunstanciales visitantes al Campo de la Gloria para disfrutar con grupos de amigos y/o familiares durante los fines de semana y especialmente los domingos por la tarde; y CONSIDERANDO: Que el disfrutar de una actividad placentera de fin de semana en un lugar como el Campo de la Gloria, no debe perjudicar al resto de los ciudadanos, que también quieren hacerlo con el mismo derecho. POR TANTO Art. 1º.- Dispónese la concientización por medio de la divulgación por folletería y anuncios en los medios de difusión locales, sobre las responsabilidades de dueños de animales domésticos (perros/mascotas), de hacerse cargo de la limpieza de la suciedad sólida que producen sus animales en las veredas, calles, plazas o cualquier otro espacio público. Art. 2º.- Dispónese la obligatoriedad a los dueños de perros/mascotas de hacerse cargo de la limpieza de las suciedades sólidas que producen sus animales domésticos (perros/mascotas) en la vía pública, que están referidas en el artículo anterior, utilizando los elementos necesarios para tal cometido ejemplo: palita y bolsita para levantar la mencionada suciedad del piso. La presente disposición comenzará a regir a partir de los 60 días de la promulgación. Art. 3º.- La reglamentación de esta Ordenanza debe realizarse dentro de los 60 días, de aprobada y en la misma se definirá la Autoridad de Aplicación. Art. 4º.- El incumplimiento del Artículo 2º de la presente será pasible de la aplicación de una multa equivalente a 100 U.F. Art. 5º.- Los gastos que demande la aplicación de la presente, serán comprometidos e imputados a través de la Dirección General de Contaduría, a las Partidas Presupuestarias respectivas. Art. 6º.- Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y dése al Registro Municipal. SALA DE SESIONES, 18 de agosto de 2009. Prof. Claudia Moyano María Angélica Meroi Prof. Silvia B. Alvarez Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número DOS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y UNO (2.861). San Lorenzo, 25 de Agosto de 2009. Dr. Leonardo Raimundo Dr. Gerardo Damián Canseco |