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Ordenanzas

2897: Adhesión a lo dispuesto en la Ley Provincial N° 13.016

ORDENANZA Nº 2897

 En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los veinticuatro días del mes de noviembre del año dos mil nueve.

VISTO:  Que en fecha 12 de agosto de 2008 el Concejo Municipal ha sancionado la Ordenanza Nº 2735 con el objetivo de establecer sanciones para aquellos comercios destinados a la venta de ciclomotores y motocicletas que no entregaran el casco reglamentario junto con cada unidad vendida, y

CONSIDERANDO: Que en la Provincia de Santa Fe en fecha 29 de octubre de 2009 se ha promulgado la Ley 13016 cuyo espíritu coincide con la Ordenanza mencionada en el Visto.
Que los montos de las multas establecidas en dicha Ordenanza no son coincidentes con los que establece la nueva Ley provincial, y teniendo en cuenta la jerarquía normativa es necesario priorizar las disposiciones emanadas en esta última.
Que además la Ley 13016 establece que las motocicletas, ciclomotores y triciclos a motor, antes de ser entregadas al público para su destino al tránsito, debe completarse la inscripción inicial del rodado a nombre del comprador.
Que en sus artículos 7° y 8° dicha ley invita a adherir a Municipios y Comunas, designándolos como autoridad de contralor pudiendo aplicar las sanciones fijadas en el artículo 5° y percibir el producido de la multa.

POR TANTO
EL CONCEJO MUNICIPAL
DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA

Art. 1°: Adhiérese a lo dispuesto en la Ley Provincial N° 13.016 y sus normas concordantes y correlativas.

Art. 2°: Deróguese la Ordenanza N° 2.735 y cualquiera otra disposición que en lo general o particular se oponga a la presente.

Art. 3°: Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y dese al Registro Municipal.

SALA DE SESIONES, 24 de noviembre de 2009.

Prof. Claudia Moyano
Presidenta
Concejo Municipal

María Angélica Meroi
Secretaria Administrativa
Concejo Municipal

Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal

Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número DOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE (2.897).

San Lorenzo, 26 de Noviembre de 2009.

Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal

Dr. Gerardo Damián Canseco
Secretario de Gobierno y Cultura