ORDENANZA Nº 2910 En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil nueve. VISTO: El Mensaje Nº 103/09 del Departamento Ejecutivo Municipal, legajo Nº 20882, que hace mención a la Ordenanza Nº 2646, sancionada el 18 de enero de 2008; y CONSIDERANDO: Que los parámetros establecidos a partir de la vigencia de dicha norma en relación a los procedimientos a aplicar para las diversas contrataciones que realiza la Municipalidad de San Lorenzo deben ser actualizados, debido a los efectos del proceso inflacionario de los últimos dos años. POR TANTO Art. 1.- Modifícase el artículo 68º de la Ordenanza Nº 946/83, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Art. 68º: Para todo lo que se relacione con obras municipales como también para enajenaciones, compras, trabajos, instalaciones, reconstrucciones y contratos en general que importen un desembolso para la Municipalidad, deberá procederse siempre en la forma dispuesta por el artículo 10 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756. a) 1- Hasta Pesos Ocho Mil ($ 8.000.-) Contratación Directa. b) Mayor de Pesos Quince Mil ($ 15.000.-) y hasta Pesos Cuarenta Mil ($ 40.000.-) Concurso de Precios con tres presupuestos presentados en sobre cerrado y fijando la Administración una fecha para que los proveedores inscriptos en el Registro Municipal puedan cotizar. c) Mayor de Pesos Cuarenta Mil ($ 40.000.-) y hasta Pesos Cien Mil ($ 100.000.-) Licitación Privada. Art. 2.- Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y dése al Registro Municipal. SALA DE SESIONES, 28 de diciembre de 2009. Prof. Claudia Moyano María Angélica Meroi Prof. Silvia B. Alvarez Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número DOS MIL NOVECIENTOS DIEZ (2.910). San Lorenzo, 30 de Diciembre de 2009. Dr. Leonardo Raimundo Dr. Gerardo Damián Canseco |