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Ordenanzas

2914: Disposición de incremento en la alícuota del Impuesto de patente única sobre vehículos.

ORDENANZA Nº 2914

En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los trece días del mes de enero del año dos mil diez.

VISTO: El Mensaje Nº 003/10 del Departamento Ejecutivo Municipal, legajo 20909, en referencia a la  vigencia de la Ley Provincial N° 12.306; y

CONSIDERANDO: Que la misma delega la administración del impuesto previsto en el Título VI del Libro Segundo del Código Fiscal (patente única sobre Vehículos) en las Municipalidades y Comunas de la Provincia, facultando a las mismas a dictar las normas atinentes a la consecución de tal objeto.
Que más de sesenta municipios y comunas de la Provincia de Santa Fe habían solicitado antes del 30 de noviembre de 2009 el adicional del 10% de aumento que habilita la ley permanente.
Que como es de público conocimiento el día 6 de enero de 2010 el Gobierno Provincial dictó el Decreto N° 002 que promulga la Ley N° 13.065 que aprueba el Presupuesto 2010 para la Provincia de Santa Fe.
Que el artículo 47 de dicho texto legal autoriza a los municipios y comunas a hacer uso de la facultad de incrementar o disminuir hasta un 10% las alícuotas diferenciales a que hace referencia el artículo 1º de la Ley N° 12.306, pudiendo hacer uso de esta opción hasta el 31 de enero del corriente año.
Que a tales fines se deberá acompañar el texto de la Ordenanza autorizante del incremento a la Administración Provincial de Impuestos,  para su publicación en el Boletín Oficial antes del 10 de febrero de 2010.
Que la ley de Presupuesto Provincial para el Ejercicio 2010 en sus disposiciones de carácter tributario, tal cual ha sido sancionada y promulgada ha recortado recursos que estaban previstos para los municipios y comunas.
Que la Municipalidad recibe por coparticipación el 90% del tributo a las patentes, quedando un 10% para la Provincia.
Que los aumentos de los bienes y servicios que utiliza el Municipio han tenido un notable incremento en los últimos tiempos, producto del proceso inflacionario vigente en la economía nacional, lo que hace imperioso la adecuación y actualización de los ingresos del Estado local.
Que ante esta situación se hace necesaria y urgente la sanción de la presente ordenanza dentro del plazo arriba mencionado.
Que otros Departamentos Ejecutivos de municipalidades de la región, como la de Rosario, ya han remitido a los respectivos Concejos Municipales proyectos de ordenanza similares a la presente.
Que la presente ordenanza se fundamenta pues en el uso de las facultades delegadas por la Ley Provincial N° 12.306 y en lo dispuesto por la Ley N° 13.065.

POR TANTO
EL CONCEJO MUNICIPAL
DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO
SANCIONA LA  SIGUIENTE
ORDENANZA

Artículo 1°: DISPÓNGASE un incremento del 10% en la tasa testigo fijada por la norma Provincial de acuerdo a la tipificación incluida en la Ley Impositiva Anual en su artículo 55, en la alícuota a aplicar en la determinación del Impuesto de patente única sobre Vehículos.

Artículo 2°: Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y Dese al Registro Municipal.

SALA DE SESIONES, 13 de enero de 2010.

Ramón A. Diccilli
Vicepresidente 1º
Concejo Municipal

María Angélica Meroi
Secretaria Administrativa
Concejo Municipal

Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal

Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número DOS MIL NOVECIENTOS CATORCE (2.914).

San Lorenzo, 14 de Enero de 2010.

Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal

Dr. Alfredo A. Alberdi
Secretario de Coordinación Gral.
A/c Sec. Gobierno y Cultura